ATS, 4 de Noviembre de 2014
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
Número de Recurso | 42/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 4 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a cuatro de Noviembre de dos mil catorce.
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- La representación procesal de "Olival Da Fonte Dos Frades S.A.", D. Carlos Ramón , D. Pedro Miguel , D. Alexander y D. Arturo , presentó escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada, el día 24 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9.ª), en el rollo de apelación n.º 377/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 925/2008 del Juzgado de Primera Instancia n.º 52 de Madrid
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- La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuestos los recursos y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
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- Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido la Procuradora Dª Elisa María Sainz de Baranda Riva en nombre y representación de "Olival Da Fonte Dos Frades S.A.", D. Carlos Ramón , D. Pedro Miguel , D. Alexander y D. Arturo como parte recurrente y el procurador D. Ramón Rodríguez Nogueira, en nombre y representación de "Pradomundo S.L.", D. Domingo , D. Evelio , D. Gerardo , D. Inocencio y D. Julio como parte recurrida.
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- Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de "Olival Da Fonte Dos Frades S.A.", D. Carlos Ramón , D. Pedro Miguel , D. Alexander y D. Arturo , dado que se han justificado los presupuestos formales que determinan el acceso a los recursos, sin perjuicio de lo que se decide en sentencia sobre las alegaciones realizadas por la parte recurrida.
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- Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala.
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- De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA
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ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de "Olival Da Fonte Dos Frades S.A.", D. Carlos Ramón , D. Pedro Miguel , D. Alexander y D. Arturo , contra la sentencia dictada, el día 24 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 9.ª), en el rollo de apelación n.º 377/2012 , dimanante del juicio ordinario n.º 925/2008 del Juzgado de Primera Instancia n.º 52 de Madrid
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Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición de los recursos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.