STSJ Cataluña 7521/2014, 12 de Noviembre de 2014

PonenteADOLFO MATIAS COLINO REY
ECLIES:TSJCAT:2014:11558
Número de Recurso5417/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7521/2014
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8002297

EL

Recurso de Suplicación: 5417/2014

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

En Barcelona a 12 de noviembre de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7521/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por Jesús Luis frente a la Sentencia del Juzgado Social 24 Barcelona de fecha 30 de abril de 2014, dictada en el procedimiento Demandas nº 44/2012 y siendo recurrido/ a Grup Tapecat, S.L., Posit de Pescadors, S.L. y Fogasa. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. ADOLFO MATIAS COLINO REY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de enero de 2012, tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 30 d'abril de 2014, que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la demanda interpuesta por D. Jesús Luis frente a las empresas Posit de Pescadors S.L., Grup Tapecat S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo a las demandadas de la pretensión planteada frente a ellas.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO. El actor, D. Jesús Luis ostenta el NIE nº NUM000 .

SEGUNDO

En fecha 27-2-12 se celebró el preceptivo acto de conciliación previa con el resultado de intentado sin efecto." TERCERO.- Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado, no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia de instancia, que desestimó la demanda interpuesta por el demandante, sobre reclamación de cantidad, se interpone el presente recurso de suplicación.

El demandante presentó demanda indicando que había iniciado la prestación de servicios para la empresa demandada el 5-5-2008, con la categoría profesional de camarero y salario de 1285,40 euros mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias; que en el mes de julio de 2.011 fue despedido; y que se le hizo entrega de unos cheques para el pago de atrasos salariales por importe conjunto de 4.800 euros, que es la cantidad reclamada en la demanda.

La sentencia de instancia razona que no ha quedado acreditado la existencia de una relación laboral entre las partes, que solo se aportan fotocopias de cinco cheques emitidos al portador, firmado por dos entidades distintas, una de ellas la demandada, pero sin que se acredite que dichos cheques hubieran sido entregados al actor en concepto de pago de salarios.

El recurrente formula un único motivo del recurso dirigido a la censura jurídica, citando en las argumentaciones del recurso la infracción del artículo 217 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Plantea también la parte recurrente aspectos vinculados a la prueba de interrogatorio de parte, ya que al no haber comparecido la parte demandada a los actos de conciliación y juicio la sentencia de instancia debería...

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