STSJ Comunidad de Madrid 595/2014, 20 de Octubre de 2014

PonenteMARIA JESUS VEGAS TORRES
ECLIES:TSJM:2014:13531
Número de Recurso1621/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución595/2014
Fecha de Resolución20 de Octubre de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Octava

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009730

NIG: 28.079.00.3-2012/0011686

Procedimiento Ordinario 1621/2012 E - 02

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN OCTAVA

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº1621/2012

SENTENCIA Nº 595

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Dª. Amparo Guilló Sánchez Galiano

Magistrados:

Dª. Emilia Teresa Díaz Fernández

Dª Mª Jesús Vegas Torres

D. Francisco Javier González Gragera

En la Villa de Madrid, a 20 de octubre de 2014

Vistos por la Sala constituida por los Señores referenciados al margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1621/2012, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de la entidad G.P. MANUFACTURAS DE ACERO SA, contra la inactividad de la secretaria General Técnica del Ministerio de Fomento en relación referente a la inscripción del reconocimiento Oficial, obtenido por silencio administrativo, de certificado de conformidad NF correspondiente a determinados productos de acero para hormigón armado, en el Registro Oficial de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Fomento, e inclusión del citado reconocimiento en la página web del Ministerio de Fomento, en condiciones de igualdad con los distintivos españoles que ya han sido reconocidos.

Ha sido parte demandada la Administración del Estado representada y defendida por su Servicio Jurídico.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso fue interpuesto por la representación procesal de la recurrente contra las resoluciones ya reseñadas y, después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso y concluyó con la súplica de que en su día y, previos los trámites legales, se dicte sentencia por la que se condene a la Administración demandada al cumplimiento de las obligaciones siguientes: a) se proceda a la inscripción del reconocimiento oficial de certificado de conformidad NF correspondiente a los productos "acero para hormigón armado tipo ICDAS 500 S" de numero de certificado B 09/228, cuyo otorgamiento ha tenido lugar por silencio administrativo, en el Registro Oficial creado al efecto en la Secretaria General Técnica del Ministerio de Fomento; y b) que se proceda a la inclusión del citado reconocimiento oficial en la página web del Ministerio de Fomento (htpp:// www/ fomento. gob. es/ órganos colegiados /cph/reconocimiento de distintivos) para su difusión y general conocimiento, en condiciones de igualdad con los distintivos españoles que ya han sido reconocidos.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al representante de la Administración para su contestación, formuló alegación previa consistente en la causa de inadmisión del recurso prevista en el art. 69 c) LJCA, porque no concurre en este supuesto ninguno de los títulos ejecutivos previstos en el art. 29.1 de la citada ley procesal sin que exista tampoco ningún acto de reconocimiento por silencio positivo que ejecutar con arreglo a tal precepto. Dado traslado a la parte actora se dicto Auto en fecha 28 de junio de 2013 por esta Sala y Sección en el que se desestimo la alegación previa y se acordó la continuación de la tramitación del recurso. En su escrito de contestación el Abogado del Estado solicitó su desestimación.

TERCERO

Que, tramitado el procedimiento con el resultado que obra en autos, se señaló para la votación y fallo del proceso el día 15 de octubre de 2014, fecha en que ha tenido lugar.

Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª Jesús Vegas Torres.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es preciso hacer referencia ante todo a algunos hechos que se derivan del expediente para centrar el objeto del presente recurso:

La actual recurrente, G.P. MANUFACTURAS DE ACERO SA (en adelante GP), empresa dedicada a la fabricación y comercialización en España de acero laminado en frio para uso en la construcción y sus derivados, presentó en fecha 11 de enero de 2012 en el Registro General del Ministerio de Fomento una solicitud dirigida a la Comisión Permanente del Hormigón, órgano colegiado interministerial de carácter permanente radicado en al Mº de Fomento, una petición de reconocimiento oficial del certificado de conformidad NF correspondiente a los productos "acero para hormigón armado tipo ICDAS 500 S" de numero de certificado B 09/228, correspondiente al fabricante ICDAS....

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