SAP Tarragona 166/2003, 5 de Mayo de 2003

PonentePEDRO ANTONIO CASAS COBO
ECLIES:APT:2003:783
Número de Recurso455/2003
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución166/2003
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 2ª

SENTENCIA núm 166

Tarragona, a cinco de mayo de dos mil tres.

Vistos por la Sala los presentes autos seguidos con el núm. 455/03 en virtud de recurso

de apelación, interpuesto por Francisco , representado por Angel Ramón

Fabregat Ornaque, contra la sentencia de fecha 30 de enero de 2003, dictada en los autos de juicio

oral núm. 308/02 del Juzgado de lo Penal de Tortosa, dimanantes del procedimiento abreviado núm.

73/02 del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Amposta, con la intervención del Ministerio Fiscal,

siendo ponente el Iltmo Sr. D. Pedro Antonio Casas Cobo, aparecen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 30 de enero de 2003 se dictó sentencia en el juicio oral núm. 308/02, celebrado ante el Juzgado de lo Penal de Tortosa, en la que se declaran probados los siguientes hechos: "A resultado probado, y así se declara, que sobre las 14.30 h del día 17/4/02, Julieta , que había estado durante la mañana tomando el sol en la playa de Ciment de la localidad de Alcanar, se disponía a coger su vehículo para marcharse, cuando, de improvisto, se le acercó por detrás el acusado Francisco , mayor de edad y sin antecedentes penales, quién poniéndole una navaja al cuello le dijo "me has puesto cachondo, métete dentro del maletero que yo se donde llevarte", al tiempo que le realizaba tocamientos externos por sus partes íntimas, sobre la zona del pubis, de la Sra. Julieta , quién negándose a entrar en el maleteroforcejeó con él, consiguiendo entrar en el vehículo y poner las llaves en el contacto del coche, a lo que el acusado le impidió arrancarlo, continuando, siempre el acusado con la navaja en mano, un forcejeo entre ambos, hasta que la Sra. Julieta pudo, en un momento dado, arrancar el coche y huir, si bien el acusado le cogió el bolso donde se encontraba la documentación, agenda y demás efectos personales de la perjudicada. Durante el forcejeo, la Sra. Julieta , en un momento que la cara del acusado estuvo en paralelo a ella, a la altura del hombro, y mientras éste tenía la navaja que portaba puesta sobre el cuello de ella, reconoció al acusado como el joven que el domingo anterior le había pedido fuego en la zona.

A los pocos días, el acusado llamó desde su teléfono a la Sra Julieta dejándole dos mensajes:

" Julieta se donde vives y un día de éstos te daré una sorpresa como no hagas lo que te diga Augusto IV 62-6-B".

" Julieta , si no me contestas ya sabes lo que te pasará".

SEGUNDO

La citada sentencia contiene el siguiente FALLO: "Que debo condenar y condeno a Francisco , como autor responsable de un delito de agresión sexual, previsto y penado en el Art. 178 del Código Penal, a la pena de dos años de prisión, como autor responsable de un delito de robo con intimidación, previsto y penado en el art. 237 y 242.2 del Código Penal a la pena de cuatro años de prisión, y como autor responsable de un delito de amenazas del art. 171 del Código Penal a la pena de un año de prisión, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y al abono las costas procesales causadas.

Para el cumplimiento de la pena impuesta, será de abono al acusado el tiempo de privación de libertad preventivamente sufrido por razón de esta causa.

Remítase testimonio de la presente resolución al Juez Instructor de la causa a los efectos procedentes.

Firme que sea la presente resolución particípese al Registro Central de Penados y Rebeldes, a los efectos que procedan".

TERCERO

Contra la sentencia referida se interpuso recurso de apelación por Francisco , representado por Angel Ramón Fabregat Ornaque, contra la sentencia de fecha 30 de enero de 2003, dictada en los autos de juicio oral núm. 308/02 del Juzgado de lo Penal de Tortosa, dimanantes del procedimiento abreviado núm. 73/02 del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Amposta.

CUARTO

Conferido traslado del recurso a las restantes partes personadas por término de diez días,...

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