SAP Sevilla 585/2003, 17 de Noviembre de 2003

PonenteJOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
ECLIES:APSE:2003:4089
Número de Recurso3555/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución585/2003
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

SENTENCIA NÚM. 585

ILTMOS. SRES.

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES./

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS./

DON ANTONIO SALINAS YANES./

________________________________________

En Sevilla, a diecisiete de noviembre de dos mil tres.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio ordinario nº 976/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 22 de los de Sevilla, promovidos por CENTRO ESPAÑOL DE DERECHO REPROGRAFICOS contra DON Clemente ; sobre propiedad industrial e intelectual; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el demandado, contra la sentencia en los mismos dictada en 4 de marzo de 2.003.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que estimando la demanda deducida por el Procurador D. Juan José Barrios Sánchez, en nombre y representación de CENTRO ESPAÑOL DE DERECHO REPROGRAFICOS (CEDRO) contra DON Clemente , debo condenar y condeno al demandado: 1. A cesar en la actividad de reproducción o fotocopiado de obras protegidas por los derechos de propiedad intelectual, ya sea de forma integra o de forma parcial, que supere el 10% de cada ejemplar, en el establecimiento, sito en la C/ Barrau s/n de esta capital, con la prohibición de reanudar dicha actividad así como la retirada y destrucción de los ejemplares o copias ilícitos que se hallaren en el establecimiento comercial.

2 A indemnizar a la actora en concepto de daños y perjuicios por la reproducción parcial de ejemplares en porcentaje superior al permitido y por la reproducción integra de ejemplares realizada en su establecimiento en la suma de 8.471,5s Euros.

Se condena al demandado al abono de las costas del presente juicio.

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha 22 de octubre de 2003, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 17 de noviembre actual, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Esta Sala llega a la misma conclusión del...

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