SAP Sevilla 743/2002, 17 de Octubre de 2002
Ponente | PEDRO LUIS NUÑEZ ISPA |
ECLI | ES:APSE:2002:4161 |
Número de Recurso | 4846/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 743/2002 |
Fecha de Resolución | 17 de Octubre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª |
SENTENCIA NÚM. 743
ILTMOS. SRES.
PEDRO NUÑEZ ISPA
DON MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS
En Sevilla, a diecisiete de octubre de dos mil dos.
VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario n° 827/01, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Nueve de Sevilla, promovidos por Doña Elvira contra Sistemas Técnicos Andaluces, SA. (Guadalpark); sobre reclamación de cantidad por indemnización de daños y perjuicios; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia en los mismos dictada en tres de mayo de dos mil dos.
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. D. José Tristán Jiménez, en nombre y representación de Doña Elvira contra Sistemas Técnicos Andaluces, SA., condeno a la Entidad demandada a abonar a la actora la cantidad de 9.819,16 euros más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha del emplazamiento, siendo las costas procesales por cuenta de cada parte, y las comunes por partes iguales."
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de fecha diez de septiembre de dos mil dos, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día once de octubre de dos mil dos, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.TERCERO: En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don PEDRO NUÑEZ ISPA
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