SAP Toledo 62/2004, 26 de Abril de 2004

PonenteMANUEL GUTIERREZ SANCHEZ-CARO
ECLIES:APTO:2004:397
Número de Recurso68/2004
Número de Resolución62/2004
Fecha de Resolución26 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

SENTENCIA

Ante esta Audiencia Provincial se ha visto el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección número 68 de 2.004, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Talavera de la Reina, por una falta contra las personas por lesiones, en el Juicio de Faltas Núm. 4 de Talavera de la Reina, en el que han intervenido, como apelante D. Armando , representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Corchera García-Tenorio y D. Luis Manuel , representado por el Procurador de los Tribunales ÇSra. Tardío Sánchez; y como apelados el Ministerio Fiscal y Dª Maribel , representado por el Procurador de los Tribunales Sra. Parra Martín.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción Núm. 4 de Talavera de la Reina , con fecha 19 de enero de

2.004, se dictó sentencia en el juicio de faltas de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que debo condenar y condeno a D. Luis Manuel como autor de una falta de lesiones a la pena de multa de dos meses, a razón de una cuota diaria de doce euros, haciendo un total de setecientos veinte euros, conun día de arresto por cada dos cuotas diarias no satisfechas, yh a indemnizar a D. Alvaro en la suma de mil doscientos euros por las lesiones y secuelas sufridas, y al pago de las costas procesales si se hubieren devengado. Que debo condenar y condeno a D. Armando , como autor de dos faltas de maltrato, a dos penas de multa de un mes cada una, a razón de una cuota diaria de doce euros, haciendo un total de setecientos veinte euros y al pago de las costas procesales si se hubieren devengado".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por los condenados, dentro del término establecido se interpuso recurso de apelación formulando por escrito sus motivos de impugnación, y recurso del que se dio traslado al resto de las partes, que le contestaron por escrito, los que fueron unidos al correspondiente procedimiento, y efectuado se remitió a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo y nombrado Ponente, quedaron vistas para dictar resolución.-SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, y SE REVOCAN EN PARTE los fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en aquello que no se entienden ajustados a derecho y en todo lo que contradigan a la presente resolución, por lo que, en definitiva, son

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que "el día 12 de agosto de 2.001, sobre las 8´30 horas, se estaba celebrando una fiesta en las pistas de fútbol sala de la localidad de Bernuy con motivo de las fiestas patronales. En un momento dado el grupo integrado por Armando , Luis Manuel , y un tal Lolo, que no ha podido ser identificado, insistieron para que quien hacía las veces de camarero, D. Bartolomé , les invitara a unas copas. Al negarse éste, el grupo comenzó a insultar a los presentes con expresiones tales como "hijos de puta", hasta que fueron interrumpidos por D. Andrés , que les mandó callar diciendo "basta ya, que aquí todos tenemos madre". Siendo cortado en su diversión, se enfadaron, y Armando , apoyándose en sus dos compañeros antes citados, se elevó hasta enganchar con sus piernas el cuello de D. Andrés , que cayó al suelo sin resultar lesionado. En el barullo subsiguiente, Armando aprovechó la confusión para propinar una patada en la pierna a D. Bartolomé sin causarle lesión alguna. D. Alvaro acudió al lugar con el fin de intentar poner paz, y recibió un empujón, no resulta acreditado...

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