SAP Tarragona, 17 de Febrero de 1999

Número de Recurso162/1998
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución17 de Febrero de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona

SENTENCIA Nº

En la Ciudad de Tarragona, a diecisiete de febrero de mil novecientos noventa y nueve.

Visto ante esta Sección 3º de la Audiencia Provincial, constituida en Tribunal Unipersonal por el Sr. Magistrado D. JAVIER ALBAR GARCIA el recurso de apelación interpuesto por Salvador , de un lado y Mutua Madrileña y Jesús María asistidos por los Letrados Curto y Compañy contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción de Gandesa con fecha 18 de junio de 1.998, en Juicio de Faltas nº 83/97 seguidas por lesiones en tráfico en las que figura como denunciante Salvador y como denunciado Jesús María , siendo parte el, Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la sentencia recurrida, y

  1. - La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes; "El día 25 de marzo de 1.997 circulaba el vehículo Tractor matricula W-....-WA , propiedad de Francisco y conducido por Salvador por la carretera de Miravet a Benissanet, cuando otro vehículo, el de matricula Q-....-QQ , conducido por Jesús María y propiedad del mismo, perdio el control interceptando el carril de circulación del tractor y provocando la colisión con éste y su caída por un terraplén. Como consecuencia de tales hechos Salvador sufrió lesiones de las que tardó en curar 365 días, quedándole secuelas permanentes que le producen una incapacidad parcial para su trabajo habitual."

  2. - Dicha sentencia contiene el siguiente Fallo: "Que debo condenar y condeno en las presentes actuaciones a Jesús María como autor responsable de una falta prevista y penada en el articulo 621.3 del. Código Penal , a la pena de QUINCE DIAS MULTA, a razón de 1.000 pesetas por día/multa, y, a que indemnice a Salvador en la cantidad de CUATRO MILLONES SESENTA MIL TRESCIENTAS TREINTA Y CINCO MIL PESETAS, con expresa condena, al declarado autor, al pago de los intereses legales y de las costas causadas. Se declara la responsabilidad civil directa de la Compañía Mutua Madrileña de Seguros, para quien la cantidad a indemnizar devengará un interés anual igual al del interés legal del dinero vigente en el momento en que se devenga, incrementado en un 50% desde la fecha del siniestro hasta su completo pago:"3°.- Contra la mencionada sentencia se interpuso recurso de apelación por los arriba mencionados en base a las alegaciones que son de ver en los escritos de recurso.

  3. - Dado el traslado del recurso a las demás partes para que pudieran formular adhesión o impugnación al mismo, por Mutua Madrileña y Jesús María se interesa la desestimación del contrario.

  4. - En la tramitación de ambas instancias del procedimiento han sido cumplidas las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Por el denunciante, Salvador , se presenta recurso por no estar de acuerdo con la determinación de las secuelas existentes ni con la valoración de las mismas, pidiéndose que se indemnice de acuerdo con lo pedido en el juicio de faltas, ésta, es, 117.888 por los días de hospitalización, 1.102.142 por los días de baja, 122.003 de aumento del 10% por pérdida de ingresos, totalizando 1.342.033 pts.

4.094.742 por secuelas con 29 puntos, a razón de 141.148 pts punto, más un incremento del 10%, es decir, 409.474, totalizando 4.504.216, 10.526.401 pts por incapacitación permanente total y 718.702 pts por gastos.

Por Jesús María y Mutua Madrileña se recurre la sentencia impugnando la valoración total, la indeterminación de bases para su obtención y la errónea aplicación de la actualización según el I.P.C., el error aritmético en el cálculo y la no imponibilidad de los intereses dei art. 20 LCS .

Al centrarse ambos recursos sobre la responsabilidad civil, se ira, examinando punto por punto la misma, en función de uno y otros argumentos..

SEGUNDO

Respecto de la cantidad a satisfacer por día de lesión, debe rechazarse la alegación de los condenados en el sentido de que habría que haber aplicado la actualización dada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR