SAP Orense 424/2014, 16 de Octubre de 2014

PonenteJOSEFA OTERO SEIVANE
ECLIES:APOU:2014:780
Número de Recurso383/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución424/2014
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

OURENSE

SENTENCIA: 00424/2014

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por las Ilmas. Sras. Magistradas Dª Ángela Domínguez Viguera Fernández, Presidenta, y Dª Josefa Otero Seivane y Dª María José González Movilla, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, la siguiente

S E N T E N C I A NÚM. 424/2014

En la ciudad de Ourense a dieciséis de octubre de dos mil catorce.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de procedimiento ordinario 236/12 procedentes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de O Carballiño, Rollo de Apelación núm. 383/13, entre partes, como apelante, D. Erasmo (también Everardo ), representado por el procurador D. Diego Rúa Sobrino, bajo la dirección del letrado D. Víctor Manuel González Adán, y, como apelado, el Ministerio Fiscal.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Josefa Otero Seivane.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de O Carballiño, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 18 de junio de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se desestima la demanda interpuesta por D. Erasmo (también conocido como Everardo ), frente a la Dirección General de los Registros y del Notariado y, en consecuencia, se confirma la resolución de éste órgano, de 4 de mayo de 2012, que a su vez confirmó la providencia dictada el 31 de mayo de 2011 por la Encargada del Registro Civil Central. Se condena al actor al pago de las costas procesales. ".

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de D. Erasmo recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En fecha 1 de septiembre de 2014 se acordó dar traslado a las partes intervinientes en el recurso para alegaciones sobre la posible falta de jurisdicción derivada de la limitación del objeto litigioso llevada a cabo en la Audiencia Previa, presentando la representación procesal del apelante escrito interesando "... se sirva tener por sostenida la jurisdicción y competencia de ese Tribunal civil y del Juzgado de Primera Instancia". Mediante providencia de 17 de septiembre de 2014 se acordó la remisión de las actuaciones al Ministerio fiscal para emisión de informe sobre competencia que fue emitido el 25 de septiembre de 2014 estimando "que corresponde al orden civil de la jurisdicción el conocimiento de las presentes actuaciones de conformidad con lo establecido en los arts. 92 de la Ley del Registro Civil y 355 y 362 del Reglamento del Registro Civil ".

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Erasmo formuló solicitud ante el Registro Civil sobre adquisición de la nacionalidad española, amparándose en la disposición adicional séptima , apartado 1, de la ley 52/2007 de 26 de diciembre de la memoria histórica que permite optar por la nacionalidad española de origen a las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español en los plazos y condiciones previstas en la misma disposición y en la Instrucción de 4 de noviembre de 2008 de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).

Mediante providencia de 31 de mayo de 2011 el Registro civil central acordó, en lo que ahora interesa: "Dada cuenta, a la vista de la solicitud formulada, así como la documentación aportada al presente expediente, no ha lugar a la incoación de expediente solicitado al no poder encuadrar las circunstancias del promotor a la disposición adicional 7ª de la ley 52/2007 ". La providencia fue confirmada por Resolución de la DGRN de 4 de mayo de 2012.

La representación procesal de Erasmo presentó la demanda de proceso ordinario que nos ocupa en la que solicita que: 1º) se declare que la mencionada Resolución de la Dirección General de los Registros no es conforme a derecho; 2º) se acuerde su anulación; y 3º) se declare su derecho a optar a la...

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