SAP Granada 414/2014, 2 de Julio de 2014

PonenteROSA MARIA GINEL PRETEL
Número de Recurso6/2013
ProcedimientoPENAL - JURADO
Número de Resolución414/2014
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Granada - Tribunal Jurado

AUDIENCIA PROVINCIAL

(Sección 1ª)

GRANADA

PROCEDIMIENTO L.O. ANTE EL TRIBUNAL DEL JURADO Nº 1/13.-

J. INSTRUCCIÓN Nº 2 DE GUADIX.-

ROLLO SALA Nº 6/13.-

- SENTENCIA Nº 414 -

En Granada a 2 de Julio de dos mil catorce.-

El Tribunal del Jurado integrado por la Ilma. Sra. Dña. Rosa María Ginel Pretel, como Magistrada-Presidente, y por los Jurados D. Bruno, Dª Adela, Dª Concepción, Dª Genoveva, Dª Nicolasa, Dª Verónica, D. Feliciano, D. Jacobo y Dª Benita, han visto en juicio oral y público la causa procedente del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Guadix por asesinato, contra Fermina, nacida en Charches (Granada), el día NUM000-1968, hija de Rubén y de Paulina, con DNI nº NUM001, de estado civil casada, con instrucción, sin antecedentes penales, en prisión provisional desde el día veinte de Mayo de 2.013, representada por el Procurador D. Pablo Rodríguez Merino y defendida por el Letrado D. Jesús Huertas Morales. Han sido partes en el proceso, además de la citada acusada, el Ministerio Fiscal, en la persona de Dña. Fátima Casas Olea y como acusación particular Candelaria representada por la Procuradora Dª Encarnación de Miras López y defendida por el Letrado D. Pablo Luna Quesada.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

De conformidad con el veredicto emitido por unanimidad excepto los hechos fijados con los numerales dos, cuatro, doce y veinticinco que lo fueron por mayoría de siete y ocho votos por el Jurado.-

SE DECLARAN PROBADOS LOS SIGUIENTES

HECHOS
PRIMERO

UNO.-La acusada, de 45 años de edad, contrajo matrimonio con Braulio a la edad de 15 años, fruto del cual tuvieron dos hijas, Melisa, nacida el día NUM002 de 1.987 y madre a su vez de una niña de tres años, y Zaira, nacida el día NUM003 de 1.992. La acusada Fermina convivía con su marido y su hija menor en la NUM005 planta de una vivienda situada en la CALLE000 nº NUM004 de la localidad de Charches-Valle del Zalabí-, termino municipal perteneciente al partido judicial de Guadix, y la hija mayor, Melisa, vivía con su marido Sixto y su hija en la NUM006 planta, tratándose de viviendas independientes.

DOS.- Desde un primer momento fueron habituales los malos tratos hacia Fermina. En la vida familiar predominaban las agresiones, amenazas, insultos, así como vejaciones del marido a la esposa, siendo testigos y a veces victimas sus hijas y conocida la situación por la suegra, ésta la justificaba.

TRES.- Fuera por miedo, temor, dependencia emocional hacia su agresor, o distorsionada percepción de la situación, estos hechos nunca fueron objeto de denuncia.-

CUATRO.- En el mes de Agosto de 2.012, Fermina tuvo conocimiento de la infidelidad de su marido con una prostituta de la zona de Guadix, con la que Braulio mantenía una relación estable en el tiempo y a la que trataba como su "novia". Tal circunstancia se la hizo saber a Braulio.

CINCO.- Como consecuencia de dicho descubrimiento, su vida se centro exclusivamente en controlar a su marido de diversas maneras. Primero dejando de trabajar en el campo como venia haciendo, para a partir de ese momento acompañar a su marido allá donde fuere. Asimismo se hizo de dos móviles con acceso a Internet para así poder comprobar cuando su marido conectaba vía whatsapp con su amante.

SEIS.- Esta situación se convirtió en una absoluta obsesión para la acusada, la cual dedicaba gran parte de su tiempo a controlar los movimientos de su esposo, no solo cuando trabajaba sino también al finalizar su jornada laboral.-

SIETE.- Mas allá de deponer su actitud, Braulio la potenció, haciendo cada vez más frecuentes los encuentros con su amante. Encuentros que en vez de silenciar y ocultar a su esposa, eran trasladados a esta, acompañándolos de reproches y vejaciones hacia su mujer, cuando le relataba las virtudes de su amante y le recriminaba a Fermina sus defectos. Considerando que esto no era suficiente, Braulio llegó a invitar a su esposa para que lo acompañara al club de alterne y así poder conocer a la mujer con la que mantenía esa relación extramatrimonial. Todo ello provocaba en Fermina un agravamiento progresivo en su estabilidad mental ya que la situación era cada vez mas insostenible por lo furibundo de los ataques de Braulio a su mujer.

OCHO.- En el mes de Abril, Fermina llamó por teléfono a la psicóloga Marí Luz, hasta en tres ocasiones, pidiéndole una cita, que finalmente se produjo el día seis de Mayo, relatándole a la misma que el motivo de encontrarse mal era por una infidelidad del marido con una prostituta y ella no soportaba eso.

NUEVE.- Humillada y despechada por la traición, en el mes de Mayo de dos mil trece tomo la decisión de matarlo.

DIEZ.- En los días previos a la noche del 12 de Mayo, la acusada, que carecía de permiso de armas, había tomado una escopeta de caza marca Hermanos Zabala de cañones paralelos calibre 12 con nº de serie NUM007 en perfecto estado de funcionamiento propiedad de su esposo- aficionado a la caza-, que este guardaba en un armero junto a otras armas, y la escondió detrás de un sillón cargada con dos cartuchos y preparada, por tanto, para ser disparada en cualquier momento.

ONCE.- En estas condiciones llego el domingo 12 de Mayo de 2.013, en que el matrimonio trabajo en la Rambla del Agua, mañana y tarde, y por la noche, tras cenar con su hija mayor y su nieta en casa de la madre de Braulio, regresaron al domicilio familiar sobre la media noche. Ya en la casa, el matrimonio se dirigió a la parte de la vivienda donde residían, mientras que su hija fue a la zona de la casa donde vivía de forma independiente con su marido e hija. En la vivienda se encontraban, por no haberlos acompañado a cenar su hija menor así como su yerno.

DOCE.- La acusada, con el firme propósito de acabar con la vida de Braulio, procedió a ejecutar un plan previamente trazado, consciente en todo momento de la gravedad y de las consecuencias de lo que iba a hacer.

TRECE.- Se acostaron en su cama de matrimonio y la acusada espero a que Braulio estuviera profundamente dormido para llevar a cabo su plan, y aprovechándose de la situación de absoluta indefensión en que este se hallaba, siendo las 2'30 horas, saco la escopeta de su escondite, se aproximo por detrás a Braulio que dormía en el lado izquierdo de la cama y de lado, y actuando con sumo cuidado y sigilo para evitar ser descubierta por su marido, con la luz apagada, le acerco el cañón de la escopeta a la cabeza, y efectuó dos disparos que le provocaron la muerte de manera instantánea, siendo la causa inmediata de la muerte, según informe forense, la destrucción de centros encefálicos-estallido del cráneo con salida de masa encefálica y destrucción de la calota y porción superior de la cara así como fractura múltiple desplazada de los huesos de la cara.-

CATORCE.- Tras comprobar que Braulio estaba muerto, la acusada desarmó la escopeta, la volvió a colocar en el armero y paso el resto de la noche sentada en un sofá del salón.-

QUINCE.- Sixto, yerno de la acusada, sobre las 2'30 horas fue a la cocina para tomar un medicamento y escucho dos disparos procedentes de la vivienda superior, y al momento escucho ruido procedente de mover la puerta de la calle y los pasos de Fermina, por lo que se quedo tranquilo.

DIECISEIS.-A las siete de la mañana llamo a su hija Zaira para que se fuera al trabajo y esta le dijo que ese día entraba mas tarde.

DIECISIETE.- Sobre las 7'30 horas llamó a la puerta del domicilio Juan Alberto, compañero de trabajo de Braulio quien, extrañado por la tardanza de éste, pregunto a la acusada por él contestando esta que ya se había ido.

DIECIOCHO.-Después de que sus hijas se marcharan a trabajar y con la seguridad de estar sola en la vivienda, la acusada arrastro el cadáver de su esposo desde el dormitorio hasta un garaje al que da acceso una puerta situada en el recibidor de la casa y trato de subir el cuerpo de su marido en el maletero de un vehículo todo terreno marca Mitsubishi color blanco, desistiendo de su acción debido a la excesiva altura del vehículo y colocando entonces el cadáver en el maletero de otro vehículo Citroen C15 color gris que también se hallaba en el garaje, para lo que se auxilio de una cuerda. A continuación se subió en el vehículo y, con la intención de esconder el cadáver de su marido, se desplazo hasta el lugar conocido como "Rambla del Agua", donde se apeo para sacar el cadáver que dejo caer por un barranco escarpado y muy resbaladizo auxiliándose con la cuerda con la que había rodeado el tronco del cuerpo de su esposo. La acusada tapo el cadáver con varias piedras de grandes dimensiones y con vegetación, quedando completamente oculto.

DIECINUEVE.- A continuación regreso a su domicilio y con el malogrado propósito de borrar las huellas de su crimen, tiró las vainas de los cartuchos percutidos entre la vegetación existente en un callejón situado frente a la vivienda, guardo en unas bolsas las sábanas manchadas de sangre y los restos de la cabeza de su marido que aun quedaban en el dormitorio para, posteriormente quemarlos en la chimenea de una caseta de aperos propiedad del matrimonio, cercana a la vivienda, lugar donde asimismo fregó las manchas de sangre que había en el vehículo donde había trasladado el cadáver de su marido. Nuevamente volvió a la vivienda y limpió con empeño los restos de sangre que manchaban el suelo del dormitorio y todas las zonas por las que había arrastrado a su esposo -ya cadáver- así como la mesita de noche del lado izquierdo de la cama. Al advertir la acusada que la mesita presentaba impactos como consecuencia de los disparos, la cambió por la mesita del lado contrario para eliminar cualquier vestigio que la relacionara con la muerte de su marido. Con tal fin incluso se entretuvo en pintar las paredes del dormitorio con dos capas de pintura para cubrir las manchas...

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