STSJ Cataluña 6528/2014, 7 de Octubre de 2014
Ponente | AMADOR GARCIA ROS |
ECLI | ES:TSJCAT:2014:9767 |
Número de Recurso | 4017/2014 |
Procedimiento | RECURSO DE SUPLICACIóN |
Número de Resolución | 6528/2014 |
Fecha de Resolución | 7 de Octubre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8035192
mm
Recurso de Suplicación: 4017/2014
ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL
ILMO. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA
ILMO. SR. AMADOR GARCIA ROS
En Barcelona a 7 de octubre de 2014
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 6528/2014
En el recurso de suplicación interpuesto por Ascension frente a la Sentencia del Juzgado Social 26 Barcelona de fecha 7 de febrero de 2014 dictada en el procedimiento nº 729/2012 y siendo recurridos Institut Català de la Salut, Servei Català de la Salut y Tesorería General de la Seguridad Social. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. AMADOR GARCIA ROS .
Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reintegro gastos médicos, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7 de febrero de 2014 que contenía el siguiente Fallo:
Desestimando íntegramente las pretensiones de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª. Ascension contra l'Institut Català de la Salut (ICS) y el Servei Català de la Salut, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria, DEBO ABSOLVER y ABSUELVO a las entidades demandadas de toda pretensión contra ellas ejercitadas, confirmando la resolución impugnada.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"1.- La demandante, Dª. Ascension, nacida el NUM000 de 1958, con DNI nº NUM001, tiene derecho a las prestaciones sanitarias a cargo del Sistema Nacional de Salud, habiéndosele sido extendida tarjeta sanitaria por el Servei Català de la Salut con referencia NUM002 . 2.- El día 2 de diciembre de 2010 en el Hospital de la Vall d'Hebron de Barcelona se practicó a la actora una ecografía de abdomen, que objetivó una colelitiasis, sin dilatación de las vías biliares (folio nº 46).
El día 5 de abril de 2011 la demandante acudió al servicio de urgencias del Hospital de la Vall d'Hebron, refiriendo dolor abdominal de un día de evolución tipo cólico, de moderada intensidad. Tras la exploración física, analítica y radiografías de tórax y abdomen fue diagnosticada de cólico biliar, siendo remitida al médico de cabecera para control y tratamiento, así como al servicio de cirugía de zona para valorar intervención (folios nº 47 y 48).
El día 30 de abril de 2011 la actora acudió al servicio de urgencias del Hospital Comarcal de Blanes, refiriendo dolor abdominal de moderada intensidad de 12 horas de evolución. Tras la práctica de una analítica fue diagnosticada de síndrome coledociano, siéndole pautada dieta hipograsa e hiposódica, control por médico de cabecera y valoración de intervención quirúrgica por colelitiasis (folio nº 49).
El día 19 de mayo de 2011 la demandante volvió a acudir al servicio de urgencias del Hospital de la Vall d'Hebron, refiriendo dolor abdominal de un día de evolución. Tras exploración física se diagnosticó como cólico biliar no complicado, siendo derivada a control por cirugía general (folios nº 50 y 51).
El día 9 de junio de 2011 la actora volvió a acudir al servicio de urgencias del Hospital de la Vall d'Hebrón, refiriendo dolor de tipo cólico de 2 días de evolución. Tras exploración física y radiografías de tórax y abdomen fue diagnosticada de dolor abdominal, recibiendo el alta con la prescripción de volver a consultar a urgencias si persiste el dolor, la fiebre o el mal estado general (folios nº 53 y 54).
El día 14 de julio de 2011 la demandante consultó nuevamente en el servicio de urgencias del Hospital de la Vall d'Hebron, refiriendo dolor de tipo cólico de unas 12 horas de evolución. Tras exploración física, analítica y radiografías de tórax y abdomen se diagnosticó como dolor abdominal, recibiendo el alta a domicilio para control por especialista hasta la cirugía, y con la expresa advertencia de acudir a urgencias para nueva valoración en caso de dolor abdominal que no cede con analgésicos, fiebre elevada, vómitos abundantes, abdomen rígido, sangrado rectal o malestar generalizado (folios nº 55 y 56).
El día 16 de julio de 2011 la demandante acudió al servicio de urgencias del Hospital Comarcal de Blanes, por dolor abdominal durante las últimas 24 horas. Tras exploración física y analítica se diagnostica de cólico biliar, y se remite a la demandante a cirugía general para control, con la prescripción de regresar a urgencias ante cualquier síntoma (folio nº 57).
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- El día 19 de julio de 2011 la demandante se sometió a una intervención por el Dr. Lucio, del Centro Laparoscópico del Dr. Lucio en el centro médico privado Teknon, practicándosele una colecistectomía por laparoscopia, detectándose la presencia de un cálculo impactado en el cístico y de signos inflamatorios, recibiendo el alta hospitalaria el día 21 de julio de 2011 (folio nº 68).
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- Por la intervención a la que hace referencia el hecho probado anterior la actora abonó 3.600 euros al Centro Laparoscópico Dr. Lucio . (folio nº 70), y 3.158,17 euros al centro médico Teknon (folio nº 73).
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- El día 18 de julio de 2011, a las 12:44 horas, por correo electrónico, la demandante presentó ante la unidad de atención al ciudadano del Servei Català de la Salut solicitud de intervención urgente de la demandante (folios nº 7 y 61).
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- El mismo día 18 de julio de 2011, a las 18:46 horas, también por correo electrónico, la demandante envió a la unidad de atención al paciente del Hospital de la Vall d'Hebron toda la documentación médica referente a su patología.
Según se indicaba en el propio mensaje el mismo obedecía a un previo compromiso verbal del Hospital de efectuar todas las gestiones necesarias al día siguiente para programar una intervención quirúrgica urgente (folio nº 9).
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- El día 21 de julio de 2011, a las 12:09 horas, la Dra. Carolina del Hospital de la Vall d'Hebron llamó por teléfono a la demandante al objeto de citarla para someterla a intervención quirúrgica a la semana siguiente.
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- El día 8 de septiembre de 2011 la demandante solicitó el reintegro de los gastos derivados de la intervención quirúrgica (folios nº 38 y siguientes), siendo rechazada por resolución de fecha 22 de marzo de 2012 (folios nº 17 y 18), contra la que se presentó reclamación previa, que fue desestimada el día 25 de junio de 2012 (folios nº 25 y 26)." TERCERO.- Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
Contra sentencia que desestimó la demanda rectora de las actuaciones, tendente a que se declarase el derecho de la demandante a que se le reembolsen las cantidades que tuvo que abonar a una clínica privada por recibir asistencia sanitaria, ahora, interpone el presente recurso de suplicación instrumentando en dos motivos, el primero para la revisión de los hechos probados segundo, tercero y quinto, y el último de censura, en el que se denuncia la infracción del artículo 4.3 del RD 1030/2006 .
Revisión de los hechos: las modificaciones que se solicitan son las siguientes:
-Del hecho probado segundo, se propone que se le de la siguiente redacción, y más concretamente, que se modifique o añada la que aparece en negrita: "El día 2 de diciembre de 2010 en el Hospital de la Vall d'Hebron de Barcelona se practicó a la una ecografía de abdomen, que objetivó una colelitiasis, sin dilatación de las vías biliares (folio 46).
El día 5 de abril de 2011 la demandante acudió al servicio de urgencias del Hospital de la Vall ron, refiriendo dolor abdominal de un día de evolución tipo cólico, de moderada intensidad. Tras exploración física, analítica y radiografías de tórax y abdomen fue diagnosticada de cólico biliar, remitida al médico de cabecera para control y tratamiento, así como al servicio de cirugía de para valorar intervención (folios n° 47 y 48).
El día 30 de abril de 2011 la actora acudió al servicio de urgencias del Hospital Comarcal de s, refiriendo dolor abdominal de moderada intensidad de 12 horas de evolución. Tras la práctica de una analítica en sangre cuyos resultados fueron neutrófilos ( subtipo de leucocitos) de 80,8% cuando lo normal es de 13,21, y la glicemia (o glucemia) de 114, según se indica en el propio informe- folio 49- fue diagnosticada de síndrome coledociano ( obstrucción de la vía extrahepática), por lo que en esa...
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