SAP Pontevedra 201/2000, 12 de Junio de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO
ECLIES:APPO:2000:1861
Número de Recurso502/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución201/2000
Fecha de Resolución12 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª

SENTENCIA N° 201/2000

Ilmos. Sres. Magistrados:

ANTONIO J. GUTIERREZ R.- MOLDES

CÉSAR AUGUSTO PÉREZ QUINTELA

FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO

En PONTEVEDRA, a doce de Junio de dos mil.

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de 1ª Instancia n° 3 de Vigo, con el numero 0907/97 , (Rollo de Sala numero 502/98), sobre reclamación de cantidad, en el que son partes: como apelante D.- Luis Angel , representado por el Procurador D.- Senen Soto Santiago, asistido del Letrado D.- Juan Griñó Pascual de Bonanza; y como apelado BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, COMPAÑÍA ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. ("GRUPO VITALICIO"), representado por el Procurador D.- Pedro Antonio López López, asistido del Letrado D.- Ramón Jáudanes López de. Castro; siendo ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VALDES GARRIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de septiembre de 1998, recayó sentencia en los autos de que se deja hecha mención, cuyo Fallo, literalmente, dice: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por el Procurador don José Francisco Vaquero Alonso en representación de la entidad BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, S.A., absolviendo libremente a don Luis Angel de las peticiones de la misma. No se hace declaración en cuanto a costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por D.-Luis Angel , que fue admitido en ambos efectos, emplazándose seguidamente a las partes litigantes por término de diez días para ante esta Audiencia Provincial; y recibidos los autos en esta Audiencia, correspondió su conocimiento a esta Sección, por turno de reparto de fecha 5 de octubre de 1998.

TERCERO

Se personaron en tiempo y forma como apelante D.- Luis Angel , y como apelado BANCO VITALICIO DE ESPAÑA, COMPAÑIA ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. ("GRUPO VITALICIO").

CUARTO

Transcurrido el plazo a que se refiere el art. 706 de la LEC sin que por ninguna de las partes se solicitara el recibimiento del juicio a prueba en esta instancia, se pasaron los autos al Ponente para instrucción por el término de seis días y transcurrido dicho término recayó resolución citando a las partes para sentencia, señalándose para la vista del recurso el día 7 de junio de 2000 y hora de las 10,30, acordándose hacer entrega de los autos originales a las partes personadas, por su orden, por término de cuatro días para instrucción, lo que se llevó a efecto según consta acreditado en autos, habiéndose celebrado la vista el día y hora citados.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de...

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