STSJ Cataluña 1125/2008, 19 de Diciembre de 2008

PonenteEMILIO VICENTE BERLANGA RIBELLES
ECLIES:TSJCAT:2008:13572
Número de Recurso57/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1125/2008
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 1.125

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Emilio Berlanga Ribelles

Doña Mª Pilar Rovira del Canto

Don Javier Aguayo Mejía

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de diciembre de dos mil ocho.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 57/2007, interpuesto por EXPLOTACIONES HOSTELERAS DEL LLOBREGAT, S.L., representado por el Procurador de los Tribunales ALEJANDRO FONT ESCOFET y asistido de Letrado, contra SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representado y defendido por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de la Sala D. Emilio Berlanga Ribelles, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Barcelona, dictó en el procedimiento abreviado nº 439/2005 , la sentencia nº 221 de fecha 23 de octubre de 2006 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "1º DESESTIMAR el recurso contencioso administrativo interpuesto por EXPLOTACIONES HOSTELERAS DEL LLOBREGAT, S.L. contra la Resolución de 28 de julio de 2005, del Subdelegado del Gobierno en Barcelona.

  1. NO HACER expresa condena en costas.".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes,siendo parte apelante EXPLOTACIONES HOSTELERAS DEL LLOBREGAT, S.L., y apelada SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 18 de diciembre de 2008.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 23 de octubre de 2006 y en procedimiento abreviado 439/2005 el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 7 de Barcelona dicto sentencia desestimatoria de recurso interpuesto por EXPLOTACIONES HOSTELERAS DEL LLOBREGAT, S. L., contra la Resolución de 28 de julio de 2005, del Subdelegado del Gobierno en Barcelona, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 20 de abril de 2005 de la Subdelegada del Gobierno en Barcelona, por la que se impuso al recurrente una sanción de multa de 54.19679.-euros, por la comisión de la infracción prevista en el artículo 54.1.d) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su integración social.

Recurren en apelación la empresa actora por entender que la sentencia de instancia no ha tenido en cuenta los vicios del procedimiento sancionador causantes de indefensión, ni tampoco que la relación jurídica de la empresa con aquellas extranjeras no puede entenderse laboral, al no poder serlo, dado su objeto ilícito la actividad de alterne con finalidad de lucro.

Se opone el Abogado del Estado, en nombre y representación de la Administración demandada a la...

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