SAP Santa Cruz de Tenerife 174/2014, 9 de Abril de 2014

PonenteALVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE
ECLIES:APTF:2014:1690
Número de Recurso7/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución174/2014
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª

SENTENCIA

Rollo nº 7/2013

Autos nº 1191/2008

Jdo. 1ª Inst. nº 5 de Arona

Ilt@s. Sres./a

Presidente:

D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE

Magistrad@s:

Dª MARÍA PALOMA FERNÁNDEZ REGUERA

D. ANTONIO DORESTE ARMAS

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de dos mil catorce.

Visto por los Iltm@s. Sres./a. Magistrad@s arriba expresad@s el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en los autos de Procedimiento Ordinario nº 1191/2008, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona, promovidos por la Comunidad de Propietarios " DIRECCION000 ", representada por el Procurador D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, y asistida por el Letrado Dª Susana Ruiz Santos, contra Dª Lidia, representada por el Procurador Dª Candelaria Esther Rodríguez Alayón, y asistida por el Letrado D. José Manuel Alayón García; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY; la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrada Jueza Dª Concepción María Rivero Rodríguez, dictó sentencia el 19 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO: " Estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales

D. Manuel Angel Alvarez Hernández en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios DIRECCION000, DECLARO que las obras realizadas por Dª Lidia de cerramiento de las terrrazas con marquesinas de aluminio, toldos laterales y mamposteria correspondientes a los inmuebles 3012 y 1025 en el Complejo de DIRECCION000 son indebidas e ilegales por afectar a la configuración exterior del inmueble, y le CONDENO a restablecer a su estado primitivo los elementos afectados con imposición de costas al demandado."

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación, evacuándose el respectivo traslado, formulándose oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.

TERCERO

Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 25 de marzo de 2014. CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se alza con base a dos alegaciones, en cumplimiento fiel de lo previsto por el legislador en la norma segunda del art. 458 LEC, en la redacción dada por el apartado décimo-segundo del art. 4º de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de agilización procesal.

SEGUNDO

En la primera se denuncia error en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR