SAP Alicante 91/2014, 14 de Febrero de 2014

PonenteMARIA DOLORES OJEDA DOMINGUEZ
ECLIES:APA:2014:2009
Número de Recurso180/2013
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución91/2014
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN TERCERA

ALICANTE

PLAZA DEL AYUNTAMIENTO Nº4

Tfno: 965.935.967

Fax: 965935980

NIG: 03014-37-1-2013-0007239

Procedimiento: APELACION JUICIO DE FALTAS Nº 000180/2013- - Dimana del Juicio de Faltas Nº 000279/2013

Del JUZGADO DE INSTRUCCION NUMERO 2 DE BENIDORM

SENTENCIA Nº 000091/2014

En Alicante, a catorce de febrero de dos mil catorce

La Ilma Sra. Dña. Mª DOLORES OJEDA DOMÍNGUEZ, Magistrado de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de Septiembre de 2013, dictada por el Juzgado de Instrucción número Dos de Benidorm en Juicio de Faltas núm. 279/13, sobre Lesiones imprudentes; habiendo actuado como parte apelante Romualdo, dirigido por el Letrado Antonio Lacaba Vinal y, como parte apelada LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA dirigida por el Letrado Francisco Daniel Ruiz González.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada los del tenor literal siguiente: Se aceptan los Hechos Probados de la Sentencia recurrida que se dan aquí por reproducidos.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Que debo absolver y adsuelvo a Sabina como autora responsable de una falta de imprudencia que se le imputaba con declaración de las costas procesales de oficio y con reserva de acciones civiles para el denunciante."

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma por el letrado del apelante Romualdo se interpuso el presente recurso, alegando: infracción de precepto legal y cobertura y cuantificación de la responsabilidad civil.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a formar el presente Rollo nº 180/2013, en el que se dicta esta resolución, previo señalamiento para dictar sentencia el pasado día catorce de febrero de dos mil catorce.

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

I

I - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se insiste en el recurso interpuesto contra la sentencia absolutoria de la denunciada, en que la misma incurrió en una conducta sancionable con arreglo a lo dispuesto en el art. 621.3 del C.P ., al no haber adoptado la oportuna cautela al cerrar la puerta trasera del vehículo cuando el denunciante se encontraba aún colocando enseres en su interior,...

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