SAP Santa Cruz de Tenerife 386/2014, 3 de Julio de 2014
Ponente | ALVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE |
ECLI | ES:APTF:2014:1852 |
Número de Recurso | 507/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 386/2014 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 1ª |
SENTENCIA
Rollo nº 507/2013
Autos nº 27/2012
Jdo. 1ª Inst. e Instrucción nº 1 de Valverde de El Hierro
Ilt@s. Sres./a
Presidente:
D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE
Magistrad@s:
Dª CARMEN PADILLA MÁRQUEZ
D. ANTONIO MARÍA RODERO GARCÍA
En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de dos mil catorce.
Visto por los Iltm@s. Sres./a. Magistrad@s arriba expresad@s el presente recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia dictada en los autos de Modificación de Medidas nº 27/2012, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Valverde de El Hierro, promovidos por D. Casiano, representado por el Procurador Dª Irma Amaya Correa, y asistido por el Letrado
D. Juan Riquelme Santana, contra Dª Emilia y contra D. Héctor, representados ambos por el Procurador D. Feliciano Padrón Perez, y asistidos por el Letrado D. Antonio J. Castro Trujillo; han pronunciado, en nombre de S.M. EL REY; la presente sentencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁLVARO GASPAR PARDO DE ANDRADE, con base en los siguientes:
En los autos indicados la Iltma. Sra. Magistrada Juez Dª Estrella Monleón Herrera, dictó sentencia el 26 de abril de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO:
" Que, DESESTIMO la demanda presentada por Don Casiano, representado por la Procuradora Doña Irma Amaya Correa y defendido por el Letrado Don Juan Riquelme Santana, contra Doña Emilia y Don Héctor, representados por el Procurador Don Feliciano Padrón Pérez (su habilitada Doña Marianela Zamora Padrón) y defendidos por el Letrado Don Antonio Castro Trujillo, se acuerda mantener la pensión de alimentos previamente acordada en sentencia de 2 de febrero de 1998 .
No se hace especial pronunciamientos sobre las costas causadas.
Notificada la sentencia a las partes en legal forma, por la representación de la parte demandante, se interpuso recurso de apelación, evacuándose el respectivo traslado, formulándose oposición, remitiéndose seguidamente las actuaciones a esta Sección.
Iniciada la alzada y seguidos todos sus trámites, se señaló día y hora para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 1 de julio de 2014. CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de primera instancia, que desestimara la demanda de modificación de medidas de la parte actora, la misma interpuso recurso de apelación ajustado a lo dispuesto en el art. 458.2 LEC, con denuncia de error en la valoración de la prueba, y el suplico único de que se declare que no tiene obligación de abonar cantidad alguna en concepto de alimentos de su hijo Héctor .
Revisadas las actuaciones -convenio regulador de la separación de 8 de enero de 1998, sentencia de separación de 2 de febrero de 1998, sentencia de divorcio de 30 de junio de 2000, sentencia de esta Sección resolviendo el recurso de apelación del Sr. Casiano de 26 de marzo de 2001,...
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