SAP Valencia 404/2002, 10 de Septiembre de 2002

PonenteCARMEN LLOMBART PEREZ
ECLIES:APV:2002:4817
Número de Recurso126/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución404/2002
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

SENTENCIA NÚMERO 404

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ILMOS. SEÑORES:

PRESIDENTE

D. JOSÉ ANDRÉS ESCRIBANO PARREÑO

MAGISTRADOS

Dª CARMEN LLOMBART PÉREZ

D. JUAN JOSÉ ZAPATER FERRER

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En la ciudad de Valencia, a diez de septiembre de dos mil dos.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos. Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia número 123, de fecha 17 de abril de 2002, pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal número 5 de Valencia, en Procedimiento Abreviado de la Ley Orgánica 7/88, seguido en el expresado Juzgado con el número 87 de 2002, por delito de quebrantamiento de condena.

Han sido partes en el recurso, como apelante Jose Carlos , representado por el Procurador D. Francisco Javier Baixauli Martínez y dirigido por la Letrada Dña. Esther Rodríguez Chulilla, y como apeladoel Ministerio Fiscal; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. CARMEN LLOMBART PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida declaró probados los hechos siguientes: "Probado y así se declara que en virtud de sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Vitoria en el Procedimiento Abreviado 221/00 (posterior ejecutoria 309/00), el acusado Jose Carlos fue condenado por un delito contra la seguridad del tráfico a una pena de un año y un día de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. Requerido por el Juzgado para el cumplimiento de la pena, el inculpado hizo entrega del permiso el 25 de septiembre de 2000, siendo apercibido expresamente de que no podía conducir los referidos vehículos hasta el día 25 de septiembre de 2001.

No obstante lo anterior, sobre las 9'30 horas del día 26 de marzo de 2001, el acusado Jose Carlos fue sorprendido conduciendo el vehículo articulado compuesto de tractora, matrícula GE-....-G , y semirremolque, matrícula GA-....-G , en el km. 497 de la autopista A-7, en el término municipal de Paterna."

SEGUNDO

El fallo de dicha sentencia apelada literalmente dice: "Que debía condenar y condenaba al acusado Jose Carlos como responsable en concepto de autor de un delito de quebrantamiento de condena, sin la concurrencia de circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de doce meses de multa, con una cuota diaria de un euro y veinte céntimos y al pago de las costas."

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación del acusado se interpuso recurso de apelación contra la misma, el que substancialmente fundó en la concurrencia de la eximente de estado de necesidad y del error invencible del artículo 14.3 del Código Penal.

CUARTO

Admitido el recurso fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, el que una vez formado el oportuno rollo para su tramitación, señaló para deliberación, votación y fallo del mismo el día cinco de septiembre de dos mil dos, en el que ha tenido lugar.

QUINTO

En la substanciación de este juicio se han observado en ambas instancias las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTAN los hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sala, en el presente recurso de apelación, ha procedido al estudio de la litis cuya resolución es objeto de deliberación, examinando los argumentos impugnatorios...

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