SAP Valencia 312/2000, 12 de Junio de 2000

PonenteJUAN JOSE ZAPATER FERRER
ECLIES:APV:2000:3879
Número de Recurso11/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución312/2000
Fecha de Resolución12 de Junio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO 312

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ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. MARIANO TOMAS BENÍTEZ

MAGISTRADOS

Dª CARMEN LLOMBART PÉREZ

D. JUAN JOSE ZAPATER FERRER

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En la ciudad de Valencia, a doce de junio de dos mil.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Ilmos. Señores anotados al margen, ha visto en juicio oral y público, la causa seguida, con el número de Sumario 1 de 1998, procedente del Juzgado de Instrucción número 1 de Mislata, a la que correspondió el Rollo de Sala número 11/99, y seguida por delito de homicidio, en grado de tentativa, contra Jesús Carlos , con D.N.I. número NUM000 , hijo de Narciso y de Trinidad, nacido en Valeria de Arriba (Cuenca), el día 10 de enero de 1949, y vecino de Alaquàs, con domicilio en CALLE000 número NUM001 - NUM002 , con instrucción, conantecedentes penales no computables, insolvente, y en situación de LIBERTAD provisional por esta causa.

Han sido partes en el proceso, el Ministerio Fiscal, como acusación particular, Rafael , representado por la Procuradora Dª Alicia Ramírez Gómez y dirigido por el Letrado D. Manuel Alonso Zarzo, y el mencionado acusado, representado por la Procuradora Dña. Mercedes Polo Sánchez, y defendido por la Letrada Dña. Mª del Mar Espíritu Navarro; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN JOSE ZAPATER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En sesiones que tuvieron lugar los días siete y ocho de junio de 2000, se celebró ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el número de Sumario 1 de 1998, por el Juzgado de Instrucción número 1 de Mislata, a la que correspondió el Rollo de Sala número 11/99, practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.

SEGUNDO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos objeto del proceso, tal como estimó que habían quedado probados, como constitutivos de un delito de asesinato del artículo 139.1, en grado de tentativa de los artículos 16 y 62 del Código Penal, y acusando como responsable criminalmente del mismo en concepto de autor, al procesado, con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, atenuante analógica de alteración psíquica del artículo 21.6 en relación con el 21.1 y 20.1 del CP, solicitó que se le condenara a la pena de diez años de prisión, accesorias y pago de costas, y a que en concepto de responsabilidad civil indemnice a Rafael en la suma de 8.000 pesetas por cada uno de los días que estuvo incapacitado y 200.000 pesetas por las secuelas.

TERCERO

La acusación particular, calificó los hechos como constitutivos de asesinato en grado de tentativa de los artículos 139.1, 16 y 62 del Código Penal, acusando como autor del mismo al procesado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitó catorce años de privación de libertad, accesorias, prohibición de acercarse al domicilio del agredido una vez cumplida la pena privativa de libertad, costas, incluidas las de la acusación particular, e indemnización de 500.000 pesetas a Rafael .

CUARTO

La defensa del acusado, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos como delito de lesiones del artículo 147.1 del Código Penal, siendo autor el acusado, concurriendo la circunstancia atenuante analógica de alteración o anomalía psíquica del artículo 21.6 en relación con el 66.2 del Código Penal y pidió la pena de un año y nueve meses de prisión.

HECHOS PROBADOS

El procesado Jesús Carlos , de 45 años de edad, sin antecedentes penales, el día 20 de diciembre de 1994, que padece una depresión neurótica de tal manera que tenía parcialmente afectadas sus facultades mentales, se dirigió a casa de su exesposa, de la que estaba divorciado, la cual había contraído matrimonio posteriormente con Rafael , con el fin de vengar ciertos hechos ocurridos años antes, encontró a éste cuando se hallaba estacionando una grúa en la Avda. de la Paz, en Xirivella, discutió con él y en el curso de la discusión sacó una navaja que llevaba al efecto, de unos 8 a 10 cms. de hoja, de tipo estilete, ya que su intención era matarle, pero Rafael consiguió defenderse cayendo ambos al suelo, no obstante el procesado consiguió herirle en su mano derecha, momento...

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