SAP Asturias 428/2003, 24 de Octubre de 2003
Ponente | JOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APO:2003:3701 |
Número de Recurso | 223/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 428/2003 |
Fecha de Resolución | 24 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª |
SENTENCIA
En el recurso de apelación número 223/2003 en autos de Juicio Verbal n° 937/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Oviedo, promovido por DON Millán , demandante en primera instancia contra ALLIANZ SEGUROS Y REASEGUROS SA., demandada en primera instancia, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don José Ignacio Alvarez Sánchez.-ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de Oviedo dictó Sentencia con fecha veinte de febrero de dos mil tres, cuya parte dispositiva dice así: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Millán , contra la entidad aseguradora Allianz, debo de absolver y absuelvo a la parte demandada de todos los pedimentos contra ella dirigidos, con imposición de las costas procesales a la parte demandante.-SEGUNDO.- Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cual se dio el preceptivo traslado, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día veintidós de los corrientes mes y año.-TERCERO.- Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-
En la demanda rectora de este procedimiento se reclaman los perjuicios sufridos por el actor como consecuencia de verse privado de la utilización de su automóvil, perjuicios que concreta en el coste del alquiler de otro turismo durante los días en que aquél permaneció en el taller reparador. La sentencia dictada en primera instancia desestimó esta pretensión por entender que no estaba demostrado que el demandante precisara disponer de otro automóvil para su actividad profesional como Abogado pues, aunque orientó la prueba en este sentido, la practicada no ha conseguido demostrar que tuviera los señalamientos que indica. Ahora, en el escrito de interposición del recurso, el demandante no insiste en ese argumento sino que enfatiza que la indemnización resulta procedente sea cualquiera el destino que dio al automóvil y cita, en apoyo de esta tesis, diversas sentencias de Audiencias Provinciales, entre ellas la de esta Sala de 16-10-2000. Debe significarse que, en el hecho cuarto de la demanda, se hacía referencia a que necesitaba el vehículo tanto para su...
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SAP Cantabria 335/2005, 6 de Octubre de 2005
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