SAP Valencia 347/2004, 15 de Junio de 2004
Ponente | OLGA CASAS HERRAIZ |
ECLI | ES:APV:2004:2794 |
Número de Recurso | 278/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 347/2004 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 8ª |
SENTENCIA NUMERO __347_____
SECCION OCTAVA
Ilustrísimos Señores
Presidente, )
D. Eugenio Sánchez Alcaraz
Magistrados, )
D. Enrique Emilio Vives Reus
Dª. Olga Casas Herraiz )
En la Ciudad de Valencia, a quince de junio de dos mil cuatro.
Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Olga Casas Herraiz, los autos de juicio de Ordinario promovidos ante el Juzgado de 1ª Instancia de Valencia nº2 con el número de autos 1002/02 por "Mutua Valenciana Levante" contra PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS y D. David ; sobre reclamación de cantidad, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por "Mutua Valenciana Levante"
La Sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia de Valencia nº2, en fecha 1 de diciembre de 2003 contiene el siguiente "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Doña Pilar Albors Camps en nombre de Mutua Valenciana Levante, Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social nº 15 (MUVALE) debo condenar y condeno, de forma solidaria, a D. David y a Pelayo Mutua de Seguros y Reaseguros a que abonen a la parte demandatne la cantidad de 5.460'89 euros más los intereses legales desde la interposición de la demanda, sin hacer pronunciamiento sobre costas."
Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por "Mutua Valenciana Levante", admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, se tramitó la alzada, señalando el día 8 de junio del año en curso para deliberación, votación y fallo.
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Por la Procuradora Sra. Albors Camps , en nombre y representación de Mutua Valenciana de Levante, Mutua de Accidentes de Trabajo y enfermedades Profesionales de la Seguridadsocial (MUVALE ) se instó demanda de juicio Ordinario contra la Compañía Aseguradora "PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS", ejercitaba la actora acción de reclamación de daños y perjuicios e interesaba que se condenase a la demandada a hacerle pago de la cantidad de nueve mil novecientos ochenta y ocho euros con setenta céntimos (9.988,70.- Euros). De la cantidad reclamada cinco mil cuatrocientos sesenta euros con ochenta y nueve céntimos correspondían a gasto sanitario y los restantes cuatro mil quinientos veintisiete euros con ochenta y un céntimos correspondían a pagos efectuados por la actora en concepto de incapacidad transitoria, respecto del total de la cantidad peticionada interesaba igualmente los intereses legales desde la interposición de la demanda, y el pago de las costas devengadas. Constituía la base fáctica de la anterior pretensión, que Dña. Nieves , trabajadora de la mercantil CONSUM, sufrió un accidente de tráfico "in itinere", en fecha 10-08-01. El antedicho accidente de trafico se produjo por la intervención de D. David , asegurado en la Compañía Aseguradora demandada "PELAYO MUTUA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.". el indicado accidente de tráfico dio lugar al Juicio de Faltas nº 106/2002, tramitado por el Juzgado de Instrucción nº 2 de Valencia , llegándose a un acuerdo indemnizatorio respecto de la Sra. Nieves , asumiendo la entidad aseguradora la responsabilidad de su asegurado en el siniestro. Pese a lo expuesto la entidad aseguradora, no ha hecho pago a la actora de las cantidades y conceptos que reclama.
A la anterior demanda mostró su conformidad la actora en cuanto a la cantidad en que consistía los gastos soportados por la actora en concepto de asistencia sanitaria, no obstante ello, se opuso la demandada en cuanto al resto pues tratándose la actora de Mutualidad de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales ha de asumir ex lege el pago de la indemnización en concepto de Incapacidad Transitoria.
La sentencia de instancia, tras señalar las posiciones de las partes y efectuar estudio de la normativa aplicable al caso estimó la demanda en cuanto al gasto relativo a asistencia sanitaria y desestimaba las pretensiones actoras respecto del abono de la...
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