SJS nº 9, 23 de Julio de 2014, de Málaga

PonenteROCIO INMACULADA ANGUITA MANDLY
Fecha de Resolución23 de Julio de 2014
Número de Recurso422/2014

SENTENCIA Nº

En la ciudad de Málaga a 23 de Julio de 2014

En nombre de S.M. el Rey, la Iltma. Srª. Dª.Rocio Anguita Mandly Magistrado Juez del Juzgado de lo Social nº 9 de esta ciudad y su provincia, vistos los autos seguidos a instancia de D. Diana , Lucas y Piedad contra las empresas GESTION DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A., UNICAJA BANCO, S.A. , sobre DESPIDO bajo el nº 422/14 .Con citación del FOGASA

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la demanda iniciadora de los presentes autos fue presentada en el Juzgado Decano con fecha de 8-5-14 siendo turnada a este Juzgado el día 8-5-14 que por decreto se tuvo por admitida a trámite la demanda, ordenándose citar a las partes al acto del juicio para el día 16-7-14. Habiéndose acordado al acumulación de los autos tramitados con los números 422/14, 423/14 y 424/14.

SEGUNDO

Que emplazadas las partes correctamente a juicio tuvo lugar éste en la sala del juzgado el día y hora fijado, compareciendo la parte actora que tras ratificarse en la demanda solicitó que se dictara sentencia conforme al súplico de la misma previo recibimiento del pleito a prueba; compareciendo las empresas demandadas que se opusieron a la demanda .

TERCERO

Que recibido el pleito a prueba se practicaron por su orden las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos; tras lo cual la parte actora concluyó en defensa de sus pretensiones y declarándose en dicho acto del juicio concluso para sentencia.

HECHOS

PROBADOS

Primero

Que D. Diana , Lucas y Piedad , mayor de edad , viene prestando servicios para la empresa GESTION DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A. , Diana desde el 28-3-07 con la categoría profesional de repartidora clasificadora y salario de 1093,89 € incluida prorrata de pagas extraordinarias , Lucas desde el 7-4-08 con la categoría profesional de repartidor clasificador y salario de 1183,77 € incluida prorrata de pagas extraordinarias y Piedad desde el dia 7-6-05 con la categoría profesional de administrativa y salario de 1559,77 € incluida prorrata de pagas extraordinarias.

Segundo: Que los actores fueron despedidos mediante carta de 26-3-14 , con efectos del dia 31-3-14, en la que se alegan causas objetivas y se pone a disposición de los actores la indemnización correspondiente de Diana 5138,90 € mas 544,35 € por falta de preaviso y 1251,22 € de liquidación , Lucas la cantidad de 4765,13 € de indemnización , 532,29 € de falta de preaviso y 1018,05 € de liquidación y Piedad la suma de 9043,94 € de indemnización , falta de preaviso 775,20 € y liquidación 1350,67 € , que obra a los folios 150 a 164 y se tienen por reproducidas.

Tercero: Que los actores no han ostentado durante el último año la condición de representante legal de los trabajadores, ni se encuentran afiliados a sindicato alguno.

Cuarto: Que el día 29-4-14 tuvo lugar ante el C.M.A.C. el preceptivo acto de conciliación en virtud de demanda presentada el 11-4-14 , con el resultado de intentada sin avenencia .

Quinto : Que la actora Piedad realizaban funciones administrativas y de supervisión percibiendo por el desarrollo de dichas funciones un complemento de puesto de trabajo de 319,80 € .

Sexto : Que los actores prestaban servicios en el servicio de correspondencia , cartera y reprografia en el Edificio Eurocom , desarrollada por GDA en virtud de contrato de prestación de servicios concertado con UNICAJA , siendo el primero de ellos de 3- 1-05 ( folio 166) , siendo los posteriores de 1-1-07, 31-1207, 31-1208, 1-1-10, 1-1-11 , 1-1-12 y 1-1-13 , concertados por un año , obrando los contratos a los folios 679 a 721 . El 1-1-14 se firmo contrato por tres meses de duración hasta el 31-3-14 prorrogables hasta un máximo de 3 prorrogas ( folio 721 a 723) . Los servicios a realizar viene relacionados en los contratos . Fiándose en los contratos el precio.

Séptimo : Que 4-3-14 UNICAJA BANCO comunico por carta a GESTION DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A que con fecha de efectos de 31-3-14 tendría lugar la finalización del arrendamiento de servicios suscrito el 1-1-14 en lo que respecta a la prestación y gestión por parte de GDA del servicios prestación y gestión integral por parte de GDA del servicio de correspondencia y carteria interna del edificio Eurocom que consiste en la recogida , clasificación y distribución de correspondencia en general , bien sean documentos , paquetes o mensajes en o entre sedes centrales de Unicaja Banco en la ciudad de Málaga , utilizando si es preciso medios de transporte de esta ( folio 329 ) , por haber venido innecesarias en la actualidad los servicios de GDA a UNICAJA al amparo del citado contrato .

Octavo: Que GDA emitía facturas por la prestación de servicios de correspondencia y carteria edificio Eurocom.

Noveno : Que la entidad GESTION DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A es de carácter unipersonal, siendo su socio único la entidad CORPORACIÓN UNISER, S.A. . Su objeto la prestación de servicios teniendo depositadas las cuentas en el registro mercantil .

Tiene su domicilio social sito en Málaga, Calle Compositor Lemberg Ruiz nº 9 local 15. Su presidente es D. Fidel .

Décimo : La entidad CORPORACIÓN UNISER, S.A es de carácter unipersonal, siendo su socio único la entidad ALTERIA CORPORACIÓN UNICAJA, S.L .

Tiene su domicilio social sito en Málaga, Calle Ancla nº. Su presidente es D. Fidel .

Décimo Primero : La entidad ALTERIA CORPORACIÓN UNICAJA, S.L es de carácter unipersonal, siendo su socio único la entidad UNICAJA BANCO, S.A. .

Tiene su domicilio social sito en Málaga, Calle Bolsa nº 4 . La preside UNICAJA BANCO, S.A..

Décimo Segundo : Que el 10-3-08 se firmo contrato de alquiler para uso distinto de vivienda ( local comercial ) interviniendo UNICAJA como Arrendador y GDA como arrendataria , por periodo de dos años , constando que el arrendador tiene pleno dominio de edificio de varias plantas en la Calle Mauricio Moro , nº 6 edificio Eurocom-Norte destinado a diversos departamentos de servicios centrales por UNICAJA , de la citada finca se alquila un local ubicado en la planta primera con una superficie aproximada de 41,12 metros cuadrados , utilizado como servicios de carteria , aceptando el arrendatario el local en el estado en que se encuentre ( folios 807 a 813 ) . El 31-12-11 se firmo arrendamiento para uso distinto de vivienda entre UNICAJA BANCO SAU y GDA constando que el arrendador tiene pleno dominio de edificio de varias plantas en la Calle Mauricio Moro , nº 6 edificio Eurocom-Norte destinado a diversos departamentos de servicios centrales por UNICAJA , de la citada finca se alquilo un local ubicado en la planta primera con una superficie aproximada de 41,12 metros cuadrados , a partir de 1-11-08 la finca alquilada se amplia a un espacio de 77 metros cuadrados colindante con el local anterior , utilizado como servicio de reprografia , lo que representa una superficie total de 118,22 metros cuadrados , a partir del 1-11-11 la superficie alquilada queda reducida en 12,81 metros cuadrados quedando una superficie total de 105,41 metros cuadrados . ( folios 814 a 817). Constan los recibos del pago del importe del alquilar .

Décimo Tercero : Que la empresa GDA ha adquirido el uniforme para sus trabajadores ( folios 827 846) .

Décimo Cuarto : Que la empresa GDA concede vacaciones , permisos , gestiona ausencias y sustituciones de los trabajadores .

Décimo Quinto : Que para la prestación del servicios GDA contaba con un ordenador lenovo que fue retirado el 7-4-14( folio 847) , una Citroen Berlingo HDI 92 ( folio 848) , un ciclomotor Daelim Message ( folio 850) , una furgoneta Turismo Nissan Primastar ( folio 860 ) , y proporcionando a los trabajadores teléfonos móviles .

Décimo Sexto : Que el pedido de material se solicitaba por correo electrónico a GDA ( folio 944 ) . .

Décimo Séptimo : Que los actores tuvieron correo electrónico carteria.eurocom@unicaja.es, modificándose en 2011 a carteria.eurocom@gdaservicios.es.

Décimo Octavo : Que la relación de tareas que realizaban los actores obran descritas a los folios 1108 a 1110 .

Décimo Noveno : Que el 30-1-14 Unicaja envió a su personal una jornada explicándoles los trabajadores de GDA como desarrollaban la actividad .

Vigésimo : El personal de Unicaja tras iniciar el servicio esta siendo formado en reprografia por técnicos .

Vigésimo Primero : GDA cuenta con 137 trabajadores en centros de trabajo en Humilladero , Avenida de Andalucia , otro en Málaga y uno en Ronda .

Vigésimo Segundo : Que los trabajadores de Unicaja no tienen uniformes .

Vigésimo Tercero : Que Unicaja ha internalizado el servicio de correspondencia y carteria desarrollándolo con personal propio .

Vigésimo Cuarto : Que por Unicaja se ha procedido a la extinción de contratos de arrendamiento de servicios con otras empresas , como Metacontrol que tenia contratado el servicio de digitalización de documentos en virtud de contrato de 1-1-12 ( folios 332 a 342 ) y posterior de 1-1-13 ( folios 343 a 352 ) y de 1-1-14 de duración de 31-3-14 con prorrogas como máximo 3 ( folios 353 a 362 ) , comunicándose la extinción del contrato el 4-3-14 con efectos de 31-3-14 ( folio 363 ) .

Vigésimo Quinto : Que por UNICAJA Banco se procedió en 2012 a un plan de racionalización de oficinas ( folios 330 y 331 ) , produciéndose un excedente de personal propio .

Vigésimo Sexto : El convenio colectivo estatal de entrega domiciliaria tiene ámbito de aplicación regular las relaciones laborales en las empresas que tengan la actividad de entrega domiciliaria de todo tipo de comunicaciones postales ( cartas , impresos , notificaciones , requerimientos certificados , revistas , prensa no diaria ) , asi como aquellas actividades postales complementarias y necesarias que sin ser principales forman parte de la actividad de la empresa y sus empleados .

Vigésimo Séptimo : El convenio colectivo de...

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