SAP A Coruña 1/2007, 23 de Enero de 2007

PonenteANGEL MANUEL PANTIN REIGADA
ECLIES:APC:2007:189
Número de Recurso268/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA Nº1/2007

En Santiago de Compostela, a 23 de enero de 2007.

Vistos por la Sección Sexta de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago, integrada por DON ANGEL PANTIN REIGADA, Presidente, DON JOSE RAMON SANCHEZ HERRERO y DOÑA LEONOR CASTRO CALVO, Magistrados, el procedimiento penal Rollo 268/2006 de esta Sección de apelación de sentencia de procedimiento penal abreviado, de 24/7/2006 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Santiago en los autos de juicio oral de ese Juzgado número 139/2005, que versa sobre delito de estafa; y en el que son parte, como apelante DOÑA Maribel , don DNI NUM000 ; y como apelados el MINISTERIO FISCAL y la acusación particular ejercitada por DOÑA Ángela y DON Luis Enrique ; siendo Ponente el Presidente Don ANGEL PANTIN REIGADA, quien expresa el parecer de la Sala, procede formular los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Santiago en el procedimiento y fecha referidos dictó sentencia cuyo Fallo, era del tenor literal siguiente: Centro de Documentación Judicial

diarias no satisfechas conforme a lo establecido en el articulo 53 del Código Penal , y como autora de un delito de ESTAFA en grado de tentativa previsto en el art° 248 1 y penado en el art° 249 en relación con los arts. 16 y 62 todos ellos del Código Penal a la pena de prisión de TRES MESES con inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, con imposición de las costas, sin que en ambos casos concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. En cuanto a la responsabilidad civil al no haberse concretado con exactitud la cuantía de los daños y perjuicios ocasionados la acusada indemnizara a los perjudicados Ángela y Luis Enrique en la cantidad que se determine y fije en la fase de ejecución de sentencia>>.

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación de la condenada se interpuso recurso de apelación, que se formalizó en legal forma, con fundamento en las consideraciones legales que dejó consignadas, interesando la revocación de la sentencia, verificándose los correspondientes traslados, e impugnando el recurso las acusaciones.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Sala, se señaló el día 15 de los corrientes para la deliberación del mismo.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado, esencialmente, las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se ACEPTAN los Hechos Probados de la sentencia apelada y se declara expresamente como probado que sobre las 18,30 horas del 29 de septiembre de 2003 , la acusada Maribel , mayor de edad y sin antecedentes penales, encontrándose en la tienda de ropa "Kotex" sita en la calle Gasset n° 8 de A Pobra do Caramiñal, partido judicial de Ribeira y de la que es titular Ángela y aprovechando un descuido de ésta, mientras iba a la trastienda a buscar unas perchas que le había pedido la acusada, se apoderó de un bolso de tela conteniendo diversa documentación y efectos así como la suma de 80 euros en efectivo.

Momentos antes de las 10,15 horas del día siguiente, 30 de septiembre de 2003, la citada acusada, provista de una libreta de ahorro del banco Pastor a nombre de la titular del comercio "Kotex" y de su marido así como el D.N.I. del últimamente citado, documentos que se encontraban en el interior del bolso sustraído, se personó en el citado Banco en Ribeira, mostrando la libreta y el DNI sustraído, al tiempo que manifestaba, cuando no respondía a la realidad, que era la otra titular de la citada libreta, haciéndose pasar por Ángela y solicitando se le efectuase un reintegro de 700 euros, cantidad de la que se disponía en la libreta, como quiera que poco antes la auténtica titular, Ángela , había acudido al Banco comunicando la sustracción, por los empleados de la entidad se llamó a la...

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