STSJ Canarias 236/2013, 17 de Diciembre de 2013
Ponente | JAIME BORRAS MOYA |
ECLI | ES:TSJICAN:2013:4677 |
Número de Recurso | 138/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 236/2013 |
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2013 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Ilmos. Sres.
Presidente: Don César García Otero.
Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.
Doña Inmaculada Rodríguez Falcón.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de diciembre de 2.013.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº.138/2.013, apelación, en el que son partes, como apelante, el Servicio Canario de Salud, representado por la letrada de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias, y como apelada, Cristina, representada por el Procurador Sr. Ramírez Hernández, versando la misma sobre impugnación de sentencia parcialmente estimatoria de reclamación de responsabilidad patrimonial del Servicio Canario de Salud por deficiente atención médica al no ser informada de los riesgos de la intervención quirúrgica sufrida por la Sra. Cristina .
Mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Las Palmas de fecha 26 de marzo de 2.013 se estimó parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial del Servicio Canario de Salud reseñada en el encabezamiento del presente fallo.
Frente a tal resolución se interpuso recurso de apelación por la letrada de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias en representación del Servicio Canario de Salud, interesando la revocación de la misma, con desestimación del recurso interpuesto en primera instancia.
Por su parte, la apelada se opuso al recurso interesando su desestimación.
Finalizado el periodo probatorio se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día veinticinco de octubre del presente año para votación y fallo, si bien se dio plazo a las partes mediante providencia de fecha 30 de octubre para alegaciones sobre posible inadmisión de la apelación por razón de la cuantía, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.
La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución del Juzgado número seis antes indicada en relación con la solicitud de responsabilidad patrimonial asimismo descrita interpuesto por la representación de la Sra. Cristina es o no ajustada a derecho, alegando la administración apelante que la sentencia apelada...
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