SAP Barcelona 275/2014, 27 de Junio de 2014
Ponente | MIREIA RIOS ENRICH |
ECLI | ES:APB:2014:9069 |
Número de Recurso | 177/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 275/2014 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 177/2013-I
Procedencia: Juicio Verbal nº 937/2012 del Juzgado Primera Instancia 46 Barcelona
S E N T E N C I A Nº 275/2014
Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as:
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª. AMPARO RIERA FIOL
Dª. MIREIA RÍOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de junio de dos mil catorce.
VISTOS en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, los presentes autos de Juicio Verbal sobre desahucio por precario nº 937/2012, seguidos ante el Juzgado Primera Instancia 46 Barcelona, a instancia de D/Dª. Doroteo y Noemi, contra D/Dª. Eutimio e Ignorados Ocupantes, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada D. Eutimio contra la Sentencia dictada en los mencionados autos el día 14 de diciembre de 2012.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por Dña. Noemi y por D. Doroteo representado por el Procurador Sr. Joaniquet, y defendido por la Letrada Sra. Nuria Ferrer de Casacuberta contra D. Eutimio y contra los Ignorados Ocupantes de la CALLE000, nº NUM000 de la localidad de Barcelona, debo condenar y condeno a la parte demandada a que desaloje el inmueble y lo deje a la libre disposición de la parte actora, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere dentro del plazo legal, con imposición de las costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Barcelona, en el plazo de los veinte días siguientes a contar a partir de su notificación. Además deberá acreditarse que se ha consignado en la oportuna entidad de crédito y en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado depósito por importe de 50 euros.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada D. Eutimio mediante su escrito motivado, del que se dio traslado a la contraria, que se opuso al mismo. Seguidamente se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección.
Se señaló para votación y fallo el día 10 de junio de 2014.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIREIA RÍOS ENRICH.
El día 29 de junio de 2012, DON Doroteo y DOÑA Noemi presentan demanda de juicio verbal de desahucio de vivienda por precario contra DON Eutimio y las IGNORADAS PERSONAS QUE ESTÁN OCUPANDO SIN TÍTULO LA FINCA PROPIEDAD DE LOS DEMANDANTES, sita en la CALLE000 número NUM000 de Vallvidrera, Barcelona, solicitando se dicte sentencia dando lugar al desahucio que se solicita contra los demandados, en su calidad de precaristas de la finca sita en la CALLE000 número NUM000 de Barcelona, a fin de que, en el término legal, la dejen totalmente libre, vacua y a disposición de los actores, apercibiéndoles de lanzamiento y con expresa imposición de costas.
La parte demandada se opone a la demanda alegando la existencia de un acuerdo verbal con los anteriores propietarios de la finca, ya fallecidos, a cambio de cuidar la casa, por lo que no tienen la condición de precaristas.
La Juzgadora de primera instancia, tras valorar la prueba practicada, dicta sentencia con fecha 14 de diciembre de 2012, estimando la demanda, imponiendo las costas procesales de la primera instancia a la parte demandada.
Contra la citada sentencia, se alza DON Eutimio insistiendo en la existencia de un título de dominio,...
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