SAP Valencia 184/2014, 18 de Junio de 2014

PonenteGONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA
ECLIES:APV:2014:3540
Número de Recurso74/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución184/2014
Fecha de Resolución18 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

ROLLO NÚM. 000074/2014

RF

SENTENCIA NÚM.: 184/14

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

D. CARUANA FONT DE MORA

Dª PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA

Dª MARÍA DE HOYOS FLÓREZ

En Valencia a dieciocho de junio de dos mil catorce.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON/ DOÑA CARUANA FONT DE MORA, el presente rollo de apelación número 000074/2014, dimanante de los autos de Incidente Concursal - 000731/2012, promovidos ante el JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE VALENCIA, entre partes, de una, como apelante a GYMCOL SA, representado por el Procurador de los Tribunales CESAR JAVIER GOMEZ MARTINEZ, y asistido del Letrado CARLOS SALINAS ADELANTADO y de otra, como apelados a CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLOGICO INDUSTRIAL asistido del Letrado ABOGADO DEL ESTADO, en virtud del recurso de apelación interpuesto por GYMCOL SA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE VALENCIA en fecha 17/7/2012, contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando como desestimo la demanda de incidente concursal promovida por la Sra. Abogado del Estado en la representación que ostenta de su mandante CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLOGICO INDUSTRIAL, contra la entidad GYMCOL S.A., se absuelve a la entidad demandada de las pretensiones deducidas en su contra, no habiendo lugar a la pretendida declaración de incumplimiento del convenio, teniendose por reproducido en todo caso, a los efectos pertinentes, el considerando que se contiene al penultimo parrafo del fundamento juridico segundo de esta sentencia. Sin pronunciamiento en materia de costas procesales."

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por GYMCOL SA, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El juzgado Mercantil 1 de Valencia dictó sentencia, con fecha 17 julio 2012 que desestimaba la demanda interpuesta por el Abogado del Estado en la representación de CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLOGICO INDUSTRIAL contra la entidad GYMCOL SA, no dando lugar a la pretendida declaración de incumplimiento de convenio, teniendo por aclarado en el sentido que expone en la fundamentación jurídica el sentido del convenio suscrito entre el demandado y los acreedores, y sin expresa imposición de costas.

El recurso de apelación interpuesto en un primer momento por la entidad demandada no fue admitido por el Juzgado, al entender que la demandada no soportaba gravamen por aquella resolución, estimándose por esta Sala la queja por Auto de 17/72013, exclusivamente, sobre la consideración de que sí resultaba gravada la demandada, al menos, por aquella resolución en cuanto al pronunciamiento sobre costas.

Interpuesto finalmente el indicado recurso de apelación, cuestiona la parte demandada los aspectos que, resumidamente, pasamos a exponer:

  1. Sobre la cláusula interpretativa contenida en el convenio aprobado en su día, porque incurre el Juzgador en una clara incongruencia extra petitum, al no ser objeto de la demanda ni de la contestación, ni haberse suscitado tal cuestión como litigiosa. No es factible la modificación del convenio por esta vía, al haber finalizado el plazo para su...

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