SAP Madrid 179/2014, 22 de Mayo de 2014

PonenteJOSE GONZALEZ OLLEROS
ECLIES:APM:2014:11931
Número de Recurso264/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución179/2014
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimotercera

C/ Ferraz, 41 - 28008

Tfno.: 914933911

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0004641

Recurso de Apelación 264/2013

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid

Autos de Juicio Verbal 1077/2011

APELANTE: CP C/ DIRECCION000 Nº NUM000

PROCURADOR D./Dña. MARGARITA LOPEZ JIMENEZ

APELADO: HERENCIA YACENTE DE Hernan

D./Dña. Saturnino

D./Dña. Hernan

RESOLUCION UNIPERSONAL

AUDIENCIA PROVINCIAL : SECCION 13

Magistrado : ILMO.SR. D. JOSE GONZALEZ OLLEROS

SENTENCIA NUM.179/2014

En MADRID,a veintidós de Mayo de dos mil catorce. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en Resolución Unipersonal, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM. NUM000 DE MADRID, representado por el Procurador Sr./Sra. Margarita López Jiménez y asistido del Letrado Marcos A. Cano Olalla, y como demandados D. Saturnino y HERENCIA YACENTE Hernan no comparecidos en esta segunda instancia .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 20, de Madrid, en fecha 17 de julio de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en su integridad la demanda presentada por la Procuradora Sra. Yanes Pérez, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID, debo condenar y CONDENO A DON Saturnino a que abone a la actora la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y UN CENTIMOS ( 4.489,71), cifra que devengará los intereses previstos en el art. 1108 CC desde la fecha de interposición de la demanda, devengando desde la fecha de esta sentencia los intereses previstos en el art. 576 LEC, imponiendo al demandado las costas de esta primera instancia.

No obstante, debo absolver y absuelvo a la herencia yacente de don Hernan de la acción contra ella ejercitada".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, elevándose los autos ante esta Sección en fecha 19 de abril de 2013, para resolver el recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente RESOLUCIÓN el día21 de mayo de 2014

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Por la representación de la apelante, Comunidad de Propietarios de la c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, actora en primera instancia, se interpone recurso contra la Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª instancia. nº 20 de Madrid con fecha 17 de julio de 2.012, estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la referida apelante contra D. Hernan, luego ampliada contra D. Saturnino (único condenado) y la Herencia Yacente del primero, alegando únicamente su disconformidad con la ausencia de condena de la Herencia Yacente de D. Hernan .

SEGUNDO

Muy sucintamente, en la demanda iniciadora del procedimiento la actora interesaba la condena del inicialmente demandado D. Hernan, como dueño del piso NUM001 NUM002 ) del inmueble propiedad de la Comunidad, al pago de la cantidad total de 5.661,48 euros que el demandado adeudaba por rentas impagadas y suministros conforme a las liquidaciones aprobadas en diferentes Juntas.

Tras infructuosa citación del demandado, el 14 de septiembre de 2.011, compareció en el Servicio Común de Notificaciones y Embargos D. Saturnino manifestando que su tío D. Hernan había fallecido aportando Certificado de Defunción acreditativo del óbito producido el 15 de enero de 2.004.

Por Diligencia de Ordenación de 16 de septiembre de 2.011 se dio traslado a la actora del referido Certificado, la cual con fecha 2 de noviembre de 2.011 interesó se...

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