SAP Madrid 179/2014, 22 de Mayo de 2014
Ponente | JOSE GONZALEZ OLLEROS |
ECLI | ES:APM:2014:11931 |
Número de Recurso | 264/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 179/2014 |
Fecha de Resolución | 22 de Mayo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
Audiencia Provincial Civil de Madrid
Sección Decimotercera
C/ Ferraz, 41 - 28008
Tfno.: 914933911
37007740
N.I.G.: 28.079.00.2-2013/0004641
Recurso de Apelación 264/2013
O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid
Autos de Juicio Verbal 1077/2011
APELANTE: CP C/ DIRECCION000 Nº NUM000
PROCURADOR D./Dña. MARGARITA LOPEZ JIMENEZ
APELADO: HERENCIA YACENTE DE Hernan
D./Dña. Saturnino
D./Dña. Hernan
RESOLUCION UNIPERSONAL
AUDIENCIA PROVINCIAL : SECCION 13
Magistrado : ILMO.SR. D. JOSE GONZALEZ OLLEROS
SENTENCIA NUM.179/2014
En MADRID,a veintidós de Mayo de dos mil catorce. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en Resolución Unipersonal, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 20 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 NUM. NUM000 DE MADRID, representado por el Procurador Sr./Sra. Margarita López Jiménez y asistido del Letrado Marcos A. Cano Olalla, y como demandados D. Saturnino y HERENCIA YACENTE Hernan no comparecidos en esta segunda instancia .
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 20, de Madrid, en fecha 17 de julio de 2012, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando en su integridad la demanda presentada por la Procuradora Sra. Yanes Pérez, en nombre y representación de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE MADRID, debo condenar y CONDENO A DON Saturnino a que abone a la actora la cantidad de CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y UN CENTIMOS ( 4.489,71), cifra que devengará los intereses previstos en el art. 1108 CC desde la fecha de interposición de la demanda, devengando desde la fecha de esta sentencia los intereses previstos en el art. 576 LEC, imponiendo al demandado las costas de esta primera instancia.
No obstante, debo absolver y absuelvo a la herencia yacente de don Hernan de la acción contra ella ejercitada".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, elevándose los autos ante esta Sección en fecha 19 de abril de 2013, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente RESOLUCIÓN el día21 de mayo de 2014
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
Por la representación de la apelante, Comunidad de Propietarios de la c/ DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, actora en primera instancia, se interpone recurso contra la Sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez de 1ª instancia. nº 20 de Madrid con fecha 17 de julio de 2.012, estimatoria de la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la referida apelante contra D. Hernan, luego ampliada contra D. Saturnino (único condenado) y la Herencia Yacente del primero, alegando únicamente su disconformidad con la ausencia de condena de la Herencia Yacente de D. Hernan .
Muy sucintamente, en la demanda iniciadora del procedimiento la actora interesaba la condena del inicialmente demandado D. Hernan, como dueño del piso NUM001 NUM002 ) del inmueble propiedad de la Comunidad, al pago de la cantidad total de 5.661,48 euros que el demandado adeudaba por rentas impagadas y suministros conforme a las liquidaciones aprobadas en diferentes Juntas.
Tras infructuosa citación del demandado, el 14 de septiembre de 2.011, compareció en el Servicio Común de Notificaciones y Embargos D. Saturnino manifestando que su tío D. Hernan había fallecido aportando Certificado de Defunción acreditativo del óbito producido el 15 de enero de 2.004.
Por Diligencia de Ordenación de 16 de septiembre de 2.011 se dio traslado a la actora del referido Certificado, la cual con fecha 2 de noviembre de 2.011 interesó se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Alicante 180/2016, 12 de Julio de 2016
...al viudo o viuda, ....a falta de los anteriores podrá nombrar a cualquier heredero o legatario o tercero". " Y la SAP de Madrid, Secc. 13ª, de 22 de mayo de 2014, al señalar " El art. 6.1, 1º de la L.E.C . es terminante cuando dispone que "Podrán ser parte en los procesos las personas físic......