SAP Huelva 101/2014, 30 de Mayo de 2014
Ponente | RAFAEL JAVIER PAEZ GALLEGO |
ECLI | ES:APH:2014:482 |
Número de Recurso | 227/2014 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 101/2014 |
Fecha de Resolución | 30 de Mayo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huelva, Sección 2ª |
Audiencia Provincial de Huelva
Sección 2ª
Recurso de Apelación Civil núm.227/14
Magistrado Ilmo. Sr.
D. Rafael Javier Páez Gallego
En Huelva, a 30 de mayo de 2014.
SENTENCIA NÚM. 101
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, constituida como tribunal unipersonal por elMagistrado Ilmo. Sr. D. Rafael Javier Páez Gallego, ha visto en grado de apelación el juicio verbal núm.681/1del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Valverde del Camino, en virtud de recurso interpuesto por los demandantes Dª. Estela y otros, siendo parte apelada D. Bruno y D. Eduardo .
Se aceptan los de la resolución apelada.
Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 27/11/2013se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "DESESTIMO la demanda presentada por la procuradora Dña. Ana María Batanero Fleming, actuando en representación de Dña. Estela (en su propio nombre y en representación su hijo Geronimo, menor de edad) y de D. Leandro, asistidos por el letrado D. Manuel Romero Pérez en sustitución de su compañera Dña. Aurora María Soria González, frente a D. Bruno (titular cinegético del COTO DE CAZA NUM000 " DIRECCION000 "), representado por el procurador D. Ángel Luis Cejudo Cortés y asistido por el letrado D. Antonio Fernández Barrero, y D. Eduardo (titular del COTO DE CAZA NUM001 " DIRECCION001 "), representado por el procurador D. Julio Zamorano Álvarez y asistido por el letrado D. Eugenio Encina Macías, y en su mérito absuelvo a los demandados de los pedimentos de la demanda, con imposición de costas a la parte actora."
Contra la anterior se interpuso recurso de apelación y, dado traslado a la parte contraria, fueron remitidas las actuaciones a esta Audiencia para la decisión del recurso.
Se alzan los recurrente únicamente contra la condena en costas decidida por la resolución
de instancia, considerando en definitiva que el supuesto debatido existían dudas en el caso que justificarían la conclusión de que se trataba de una cuestión jurídicamente compleja o discutible, tanto por los antecedentes fácticos que concurren en ella (accidente de automóvil que colisiona con una especie cinegética y proximidad de los cotos de caza representados por los demandados), como por la existencia de jurisprudencia sobre la materia que permitiría exonerar de las costas impuestas.
En palabras de la Sentencia de la Audiencia Provincial de León de 30/4/2014 (EDJ 2014/71589), "El sistema general de imposición de costas recogido en el artículo 394 LEC se basa fundamentalmente en el principio del vencimiento objetivo, si bien se establece como pauta limitativa que afecta al principio del vencimiento, la posibilidad de excluir la condena cuando concurran circunstancias excepcionales que justifiquen su no imposición, lo que en régimen del citado precepto tiene lugar cuando el caso presente serias dudas de hecho o de derecho. Es la denominada discrecionalidad razonada, se pretende evitar que el sistema del vencimiento sea una consecuencia fatal y automática, desconectado del asunto, sino que ha de estar ligado a él, consiguiendo que sea más justo, al permitir valorar las causas concretas y especificas que originaron el proceso, la complejidad fáctica o jurídica, o la razón de traer a...
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