SAP Huelva 93/2014, 30 de Junio de 2014

PonenteSANTIAGO GARCIA GARCIA
ECLIES:APH:2014:437
Número de Recurso67/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución93/2014
Fecha de Resolución30 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Huelva, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE HUELVA

Sección Primera

RECURSO: Recurso de APELACION 67/14

Proc. Origen: Ordinario 319/12

Juzgado Origen : 1ª Instancia num. 3 de La Palma del Condado

SENTENCIA

Iltmos. Sres. Magistrados:

D. ANTONIO GERMÁN PONTÓN PRÁXEDES

D. SANTIAGO GARCIA GARCIA (Ponente)

D. FRANCISCO BELLIDO SORIA

En Huelva, a treinta de Junio del año dos mil catorce.-La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados indicados y bajo la ponencia del Ilmo. Sr. D. SANTIAGO GARCIA GARCIA ha visto en grado de apelación el juicio ordinario num. 319/12 del Juzgado de 1ª Instancia num. 3 de La Palma del Condado, en virtud de recurso interpuesto por Don Fermín, representado por la Procuradora Doña Pilar Moreno Cabezas y defendido por la Letrada Doña Rosa María Andrade Iglesias; siendo apelada la entidad Orado Investments S.A.R.L., representada por la Procuradora Doña Sandra Montes Cecilia y defendida por el Letrado Don Dario B. Hernández Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Por el Juzgado de Primera Instancia indicado, con fecha 17 de Enero de 2013 se dictó sentencia estimatoria de la demanda interpuesta.

TERCERO

Contra la anterior se interpuso recurso de apelación por el demandado, que fue admitido en ambos efectos, y dado traslado a la contraparte y remitidos los autos a esta Audiencia, quedaron para su resolución previa deliberación y votación señalada para el día de hoy.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

TERMINOS DEL DEBATE.- Frente a la entidad financiera Santander Consumer EFC SA,

en la que se subroga la actora apelada, la oposición del demandado se centra en esta apelación en pedir la desestimación de la demanda, y con ello se opone al ejercicio de la acción de reclamación de deuda por impago de cuotas de préstamo a partir de Octubre de 2007, porque considera el demandado Sr. Fermín que el vehículo financiado con el préstamo sufrió un accidente y fue declarado siniestro total en Julio de 2007 y se trata de un evento cuyo riesgo es objeto de cobertura en póliza de seguro suscrita con Hispamer Santander Seguros y Reaseguros, que es la entidad que deberá hacer frente a la deuda a partir de esa fecha, por lo que el demandado no debe responder de las cuotas mensuales a partir del mes de Octubre de 2007, que procedió a la destrucción del vehículo por una empresa de desguace, y porque dio parte a la aseguradora telefónicamente.

SEGUNDO

RECLAMACION DE LA DEUDA.- Ciertamente que la acreedora podría haber ejercitado su acción de reclamación directamente frente a la aseguradora, a partir de la fecha en que ocurre el siniestro objeto de cobertura, máxime siendo beneficiaria de la póliza suscrita y del mismo grupo empresarial, pero lamentablemente dicho contrato de seguro no impide que, conforme a los arts. 1088 y ss. Cc reguladores de las obligaciones contractuales, la acreedora de un préstamo impagado reclame del deudor el...

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