STSJ Navarra 103/2012, 3 de Febrero de 2012

PonenteJOAQUIN CRISTOBAL GALVE SAURAS
ECLIES:TSJNA:2012:557
Número de Recurso203/2011
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución103/2012
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2012
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº 000103/2012

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. JOAQUÍN GALVE SAURAS

MAGISTRADOS,

D. ANTONIO RUBIO PEREZ

D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA

En Pamplona/Iruña, a tres de febrero de dos mil doce. Vistos por la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del Recurso nº 203/2011 promovido contra Resoluciones de 4 y 5 de enero de 2011, dictadas por el Sr. Subdirector de Gestión de Personal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. por las que se desestiman solicitudes de concesión de cuatro días adicionales a los de libre disposición. Siendo en ello partes: como recurre ntes, D. Héctor, D. Jon y D. Mario, quienes como funcionarios asumen su propia representación procesal; y, como demandada, la SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS, S.A. representada y defendida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tras los oportunos trámites procesales, mediante escrito presentado el 24-6-2011 se formalizó la demanda correspondiente al recurso del encabezamiento en súplica de que "dicte en su día Sentencia por la que, estimando el Recurso, declare ser nulas o disconformes a Derecho las resoluciones impugnadas, reconociéndose el derecho de los funcionarios recurrentes al disfrute de días adicionales de libre disposición, así como a ser compensados por la denegación de los mismos en el año 2010, haciendo estar y pasar por dicha declaración a la Administración demandada."

SEGUNDO

Efectuado el traslado correspondiente, por escrito presentado el 30-6-2011 se opuso a la demanda la Administración demandada.

TERCERO

Solicitado el recibimiento a prueba, se practicó con el resultado que en autos consta la propuesta y admitida; y, evacuado el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo que tuvo lugar el pasado día 24 de enero de 2012 ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Presidente de la Sala D. JOAQUÍN GALVE SAURAS.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Interpone la representación de D. Héctor, D. Jon y D. Mario, funcionarios de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., recurso contencioso- administrativo contra tres resoluciones, dos de 4-1-2011 y otra de 5-1-2011, que les "deniega la petición de disfrute de días de permiso por cumplimiento de trienios en los términos establecidos en el artículo 48.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por no ajustarse a las normas específicas en materia de vacaciones, permisos y licencias establecidas para los funcionarios de la S.E. Correos y Telégrafos, concretadas en el Anexo IV Tiempo de Trabajo del citado Acuerdo General de 19 de junio de 2006, en cuyo apartado ...se establece expresamente el disfrute de 6 días de cada año natural". Los recurrentes presentaron solicitud de reconocimiento a disponer de 4 días adicionales de permiso retribuido, al amparo de lo prevenido en el articulo 48.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, e invocando la aplicación de una sentencia del Tribunal Supremo de 30 de diciembre de 2009 . El argumento de la parte demandante es que el Estatuto Básico del Empleado Público establece como un derecho de los funcionarios, además de los días de libre disposición establecidos para cada Administración Pública, el disfrute de 2 días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en 1 día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. Los recurrentes son funcionarios de carrera con 9 trienios reconocidos, razón por la que solicitan el disfrute de 4 días de permiso y, subsidiariamente, el abono de la cantidad correspondiente a dichos días. Por su parte, el argumento de la administración demandada sostiene que el precepto cuya aplicación invoca tiene carácter supletorio, en defecto de norma aplicable, y que el personal funcionario y laboral de Correos tienen específicamente regulada esta materia en el apartado "Días adicionales a las vacaciones" del Anexo IV del Acuerdo General para la calidad, la excelencia empresarial y la regulación de los recursos humanos en Correos, ante la legalización completa del mercado postal", de 19 de junio de 2006, en el artículo 44 del 2º Convenio Colectivo de la Sociedad Estatal .

SEGUNDO

En varios asuntos idénticos al que nos ocupa, esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha señalado, entre otras, en sentencia de 12 de mayo de 2011 (recurso nº 11/2011 ), en su Fundamento Jurídico Segundo, que:

" SEGUNDO.- El artículo 48.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público

, establece que: "Las Administraciones Públicas determinarán los supuestos de concesión de permisos a los funcionarios públicos y sus requisitos, efectos y duración. En defecto de legislación aplicable los permisos y...

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