STSJ Andalucía , 16 de Septiembre de 2008

PonenteEDUARDO HERRERO CASANOVA
ECLIES:TSJAND:2008:11089
Número de Recurso882/2006/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

DON MANUEL MORENO ONORATO, Secretario de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía:

CERTIFICO: que en el recurso de que se hará expresión se ha dictado por la Sala la siguiente:

SENTENCIA

Ilmos. Magistrados:

Sr. D. Antonio Moreno Andrade.

Sr. D. Eduardo Herrero Casanova.

Sr. D. José Santos Gómez.

En la ciudad de Sevilla, a 16 de Septiembre de 2.008.

Visto, en nombre de Su Majestad El Rey, el recurso número 882/06, seguido ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora, REAL CÍRCULO DE LABRADORES Y PROPIETARIOS DE SEVILLA, representado por el Procurador, Sr. Arévalo Espejo y defendido por Letrado, y demandada, CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, representada y asistida por el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía, actuando como codemandado, EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, representado y asistido por el Sr. Letrado de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento. Se turna la ponencia al Sr. D. Eduardo Herrero Casanova, quien expresa el parecer de la Sección Segunda.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Interpuesto el recurso contencioso-administrativo, se presentó la demanda dentro del plazo legal, interesándose en ella la declaración de nulidad de la Resolución combatida.

SEGUNDO

Las partes demandadas en sus contestaciones a la demanda solicitaron una sentencia confirmatoria de la Resolución recurrida.

TERCERO

Abierto el periodo de prueba, se practicaron las propuestas, presentando las partes seguidamente sus escritos de conclusiones.

CUARTO

Señalado día para su votación y fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se recurre en el proceso la Resolución de 19 de Julio de 2.006 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, por la que se aprobó definitivamente la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) de Sevilla.

Se pretende la nulidad parcial de la Resolución impugnada en lo referente a las dos intervenciones de reordenación previstas sobre los terrenos ocupados por el Círculo demandante.

La actora tiene concesión administrativa para construir instalaciones deportivas sobre la parcela donde se ubica el Real Círculo de Labradores y Propietarios de Sevilla, localizada en la margen derecha de la dársena de Alfonso XII, entre el Puente de San Telmo y la Fábrica de Tabacos. Parcela de unos 14.500 m2 en la Zona de Servicios del Puerto, de los que 1 127 m2 son propiedad del Círculo, y el resto de la Autoridad Portuaria, que en septiembre de 1.961 otorgó la concesión administrativa de las citadas instalaciones deportivas.

Estando calificada la parcela en el anterior PGOU de 1.987 como V4 Espacios Libres, con Uso Pormenorizado Áreas de Ocio, la Revisión del PGOU ahora recurrida asume, por una parte, las determinaciones, objetivos y criterios del Plan Especial (PE) de Protección del Sector 27.3."Puerto", aprobado el 27 de marzo de 2.003, en el que los terrenos reciben la calificación de Espacios Libres Públicos:...

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