SAP Málaga 65/2012, 2 de Marzo de 2012

PonenteJUAN JOSE ARROYAL CALERO
ECLIES:APMA:2012:3563
Número de Recurso37/2012
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución65/2012
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA

Sección Octava

ROLLO DE APELACIÓN N. 37/2012

DILIGENCIAS DE REFORMA N. 167/2011

JUZGADO DE MENORES 2

En nombre de SM EL REY.

En el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo español le otorgan, la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga ha dictado la siguiente

SENTENCIA N.65/2012

ILMOS. SRES.

Don Fernando González Zubieta

Presidente

Don Pedro Molero Gómez

Don Juan José Arroyal Calero

Magistrados

Málaga, a 2 de marzo de 2012

Vistos en grado de apelación por esta Sección Octava de la Audiencia Provincial de Málaga las Diligencias de Reforma número 167/2011 procedentes del Juzgado de Menores 2 seguidos por delito de lesiones contra Fidel, en situación de libertad provisional, defendido por el Letrado Sr. Gil Reina, resultando el resto de los datos identificativos del nombrado del encabezamiento de la sentencia recurrida que, al efecto, se tiene por reproducido en ésta, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, como acusación particular, Humberto

, asistido por el Letrado Sr. Guzmán Muñoz y, como responsable civil, la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Menores mencionado en el encabezamiento dictó en fecha 18 de noviembre de 2011 sentencia que, considerando probado, por conformidad de las partes que:

"El día 25-4-2011 Fidel se encontró en la Cl/ Pablo Bruna de Torremolinos con Humberto, educador del Centro de Protección Virgen de la Esperanza donde residía el menor, dirigiéndose a él de manera despectiva y desafiante, diciéndole "que miras cabrón", para a continuación de manera súbita, sacando una navaja que llevaba escondida, tratar de alcanzar al educador en el cuello, lo que no consiguió al parar Humberto el ataque con su mano izquierda. A consecuencia de estos hechos Humberto resultó con lesiones que además de la primera asistencia necesitaron puntos de sutura, sin que conste que haya alcanzado aún la sanidad, al tener que ser sometido a nuevas pruebas."

finalizó con fallo que reza:

"Debo condenar y condeno a Fidel como autor responsable de un delito de lesiones causadas con arma al cumplimiento de las siguientes medidas:

Catorce meses de internamiento en centro en régimen semiabierto y seis meses de libertad vigilada

Indemnizará y de manera solidaria con él la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía a Humberto en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de apelación por la Consejería de Igualdad y Binestar Social de la Junta de Andalucía fundado sustancialmente en infracción del art. 61 LORPM y error en la valoración de la prueba.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sección se acordó la formación de Rollo para la sustanciación del recurso interpuesto.

CUARTO

No habiéndose interesado la práctica de pruebas, se acordó simultáneamente que los autos pasaran al Magistrado Ponente habiendo tenido lugar la deliberación previa a su redacción, el día 2 de marzo de 2012, sin que este Tribunal considerase necesario la celebración de vista para la correcta formación de una convicción fundada.

QUINTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales establecidas para los de su clase.

Es ponente el Ilmo. Sr. D. Juan José Arroyal Calero, quien expresa el parecer del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados en la Sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega, en primer lugar la Letrada de la Junta de Andalucía, infracción del art. 61 de la Ley Orgánica 5/2000 Reguladora de la Responsabilidad Penal del Menor .

Habiendo tenido este Tribunal ocasión de pronunciarse sobre esta misma alegación con anterioridad (vid. Sentencias de 9 de noviembre de 2008, 28 de septiembre de 2009, 30 de marzo y 22 de julio...

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