SAP Córdoba 123/2012, 29 de Marzo de 2012

PonenteFRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO
ECLIES:APCO:2012:787
Número de Recurso223/2012
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución123/2012
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2012
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA

SECCION Nº 3

RECURSO: Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 223/2012

ASUNTO: 300416/2012

Proc. Origen: Procedimiento Abreviado 225/2011

Juzgado Origen : JUZGADO DE LO PENAL Nº 5 DE CORDOBA

Apelante:. Constantino

Abogado:. JUAN CARLOS GARCIA BLANCO

Procurador:. AMALIA GUERRERO MOLINA

S E N T E N C I A Nº 123/12

Iltmos. Srs.:

Presidente:

D. FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO

Magistrados:

D. JOSÉ MARÍA MORILLO VELARDE PÉREZ.

D. PEDRO JOSE VELA TORRES

En Córdoba, a 29 de marzo de 2.012.

Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de juicio oral nº 225/11 del Juzgado de lo Penal número cinco de Córdoba, dimanante del Proc. Abreviado nº 14/11 del Juzgado de Instrucción número Cuatro de Córdoba, siendo apelante Constantino, representado por la Procuradora Sra. Guerrero Molina y asistido del Letrado Sr. García Blanco, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. FRANCISCO DE PAULA SANCHEZ ZAMORANO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Seguido el juicio por sus trámites, por el Iltmo. Sr. Magistrado- Juez de lo Penal nº Cinco de Córdoba se dictó sentencia con fecha 26-01-2012, en la que constan los siguientes Hechos Probados: " Resultan probados, y así expresamente se declaran, los siguientes UNICO. sobre las 4 horas del día 5 de Noviembre de 2010, en la A431, km 17#5, lugar conocido como "Túnel de los Omeyas" en el término judicial de córdoba, el acusado, junto con un menor de edad, arrancó deliberadamente de su ubicación, con la única motivación de causar desperfectos, 16 dispositivos reflectantes direccionales y dos extintores y los dejó tirados en la mitad de la calzada (carril de desaceleración), con importante peligro para los usuarios de la vía puesto que los hitos estaban destinados a la delimitación de los márgenes de la calzada y la orientación de la circulación.- Los desperfectos causados se han valorado en 279,94 euros .".

SEGUNDO

En la expresada sentencia consta el siguiente Fallo: " Condeno A D. Constantino, como autor criminalmente responsable de un delito contra la seguridad vial ya definido y de una falta de daños, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena por el delito de SEIS MESES DE PRISIÓN, accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y por la Falta de Daños, la pena de ocho días de localización permanente y costas.- Asimismo el acusado D. Constantino debe abonar a la entidad perjudicada "Consejería de Obras Públicas y Urganismo de la Junta de Andalucía" la cantidad de 279,94 euros, cantidad ésta que devengará el interés legal conforme a lo establecido en el artículo 576 de la LEC .".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Constantino, que fue admitido. Remitidos los autos a esta Audiencia, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para su estudio y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Mediante el único motivo de apelación aduce el recurrente Constantino vulneración del principio constitucional de la presunción de inocencia del artículo 24 de la Constitución Española, por entender que la sentencia de instancia, al condenarle como autor de un delito contra la seguridad del tráfico del artículo 385.1 del Código Penal, lo hace sin que exista una actividad probatoria de cargo relevante para enervar mentado principio, ya que los hitos que aparecen tumbados lo están en el arcén del túnel de los Omeyas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR