STSJ Andalucía , 11 de Marzo de 2008
Ponente | EUGENIO FRIAS MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2008:949 |
Número de Recurso | 26/2006/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Marzo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA
Dª MARÍA LUISA FERNANDEZ CAMACHO, Secretaria de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, CERTIFICA: que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:
Recurso número 26/2006.-R.
SENTENCIA
Ilmo. Sr. Presidente
Don Julián Moreno Retamino
Ilmos. Sres. Magistrados
Doña María Luisa Alejandre Duran
Don Eugenio Frías Martínez
En la ciudad de Sevilla, a once de marzo de dos mil ocho. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 26/2006, interpuesto por ECIJANA DE PROYECTOS Y PROMOCIONES SA. representado por el Procurador Sr. León González y defendido por Letrado, contra resolución de JUNTA DE ANDALUCÍA (CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA) representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Es Ponente el Iltmo. Sr. D. Eugenio Frías Martínez.
Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.
La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.
Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 10 de marzo del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.
Se interpone el recurso contra la resolución de la Consejería de innovación, ciencia y Empresa de 2 de marzo de 2005, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se denegaba la ampliación del periodo transitorio de aplicación del Reglamento para Baja Tensión aprobado por Real Decreto 2413/73.
Se mantiene como único motivo del recurso, que la falta de resolución en plazo de la solicitud dio lugar a su estimación por silencio, no siendo posible el dictado de acto expreso en contra del silencio positivo.
La solicitud del periodo transitorio fue efectuada el 23 de agosto de 2003, según se reconoce en la resolución denegatoria. Con fecha 17 de marzo de 2004 se solicitó se expidiera certificación del silencio producido. El 8 de octubre de 2004 se dictó resolución expresa denegatoria.
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