STSJ Andalucía , 11 de Marzo de 2008

PonenteEUGENIO FRIAS MARTINEZ
ECLIES:TSJAND:2008:949
Número de Recurso26/2006/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA

Dª MARÍA LUISA FERNANDEZ CAMACHO, Secretaria de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, CERTIFICA: que en el recurso del que se hará expresión se ha dictado por la Sala lo siguiente:

Recurso número 26/2006.-R.

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente

Don Julián Moreno Retamino

Ilmos. Sres. Magistrados

Doña María Luisa Alejandre Duran

Don Eugenio Frías Martínez

En la ciudad de Sevilla, a once de marzo de dos mil ocho. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 26/2006, interpuesto por ECIJANA DE PROYECTOS Y PROMOCIONES SA. representado por el Procurador Sr. León González y defendido por Letrado, contra resolución de JUNTA DE ANDALUCÍA (CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA) representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. Eugenio Frías Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito en el que tras exponer los hechos y FUNDAMENTOS DE DERECHO que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

La Administración demandada, una vez conferido el trámite para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

Quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, fijándose al efecto el día 10 de marzo del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el recurso contra la resolución de la Consejería de innovación, ciencia y Empresa de 2 de marzo de 2005, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se denegaba la ampliación del periodo transitorio de aplicación del Reglamento para Baja Tensión aprobado por Real Decreto 2413/73.

SEGUNDO

Se mantiene como único motivo del recurso, que la falta de resolución en plazo de la solicitud dio lugar a su estimación por silencio, no siendo posible el dictado de acto expreso en contra del silencio positivo.

La solicitud del periodo transitorio fue efectuada el 23 de agosto de 2003, según se reconoce en la resolución denegatoria. Con fecha 17 de marzo de 2004 se solicitó se expidiera certificación del silencio producido. El 8 de octubre de 2004 se dictó resolución expresa denegatoria.

El art. 42 de la Ley 30/92...

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