SAP Madrid 187/2007, 28 de Septiembre de 2007

PonenteALEJANDRO BENITO LOPEZ
ECLIES:APM:2007:14609
Número de Recurso356/2007
Número de Resolución187/2007
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 187/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )

SECCIÓN CUARTA )

Magistrados )

D JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA )

D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ )

Dª Mª PILAR DE PRADA BENGOA )

)

En Madrid, a veintiocho de septiembre de dos mil siete.

Vistos en segunda instancia por esta Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los recursos de apelación contra la sentencia de 9 de julio de 2007 dictada por el Juzgado de Menores nº 5 de Madrid en el expediente nº 144/2007, seguido contra los menores Inocencio y Pedro .

Habiendo sido partes en la sustanciación de los recursos, como apelantes los citados menores defendidos por los letrados don Ramiro Fernández Fernández y don Francisco Javier Ybáñez Crespo, respectivamente, y como apelado el Ministerio Fiscal; siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Menores dictó sentencia en el expediente indicado, cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva son como sigue:HECHOS PROBADOS.- Valorando en conciencia la prueba practicada en la audiencia, resulta probado y así se declara que:

  1. Sobre las 3:45 horas del día 6 de abril de 2007, los menores de edad Inocencio , nacido el 5 de abril de 1989 y Pedro , nacido el 27 de junio de 1989, en compañía de otro individuo mayor de edad, con ánimo de obtener injusto enriquecimiento, abordaron en la c/ Noviciado de Madrid a Victor Manuel y con la excusa de pedir un cigarro, como quiera que éste les dijera que no tenía le arrinconaron hacia la pared y esgrimiendo un grueso palo de madera, y una botella rota y una especie de pata de silla metálica, le conminaron para que le dieran todo lo que llevaba sacando Victor Manuel la cartera de la que se apoderaron, registrándose y sustrayéndole también el teléfono móvil tasado en 120 euros. Huyendo después del lugar. La cartera contenía la documentación y quince euros en metálico.

  2. Posteriormente, con idéntico ánimo e intención, abordaron a Matías a la altura de la c/ Limón, de forma que dos se colocaron por delante y uno por detrás, tras pedirle un cigarrillo y éste decirles que no, le contestaron "ahora nos vas a dar todo lo que llevas" al tiempo que le exhibían los objetos antes descritos. Matías no les dio nada, permaneciendo quieto, empezando los menores a registrarles los bolsillos y a agredirles brusca y violentamente la cabeza y en la pierna, consiguiendo finalmente Matías quitárselos de encima y salir corriendo, llegando incluso alguno de ellos a arrojarle el palo que llevaban con intención de darle, no consiguiéndolo.

    Encontrándose en su huída con un coche patrulla de la Policía Municipal que le auxilió llamando a una ambulancia, acudiendo también la Policía Nacional a quienes describió a los menores por sus características físicas e indumentaria. Siendo posteriormente localizados los menores en las inmediaciones e identificados por las víctimas como los intervinientes en la agresión, recuperándose la cartera sustraída a Victor Manuel su teléfono móvil que le fueron restituidos, no así el dinero en metálico, renunciando a la indemnización que pudiera corresponderle.

    D. Matías sufrió como consecuencia de la agresión, contusión en región occipital derecha, contusiones faciales con hematomas y erosiones, herida incisa en pómulo derecho que tardaron en sanar diez días, requiriendo para su santidad tratamiento médico consistente en sutura de herida, profilaxis tetánica y reposo relativo, durante los dos cuales estuvo incapacitado para sus ocupaciones habituales, siendo dada de alta con secuelas consistentes en cicatriz en pómulo de dos centímetros.

    El menor Inocencio lleva en medida cautelar de internamiento en régimen cerrado desde el día 6 de abril de 2007 al día 31 de mayo en que se modificó a régimen semiabierto, situación en que permanece hasta la actualidad.

    El menor Pedro lleva en medida cautelar de internamiento en régimen cerrado desde el día 6 de abril hasta la actualidad."

    FALLO.- "Debo condenar y condeno como autores de los delitos de robo con violencia e intimidación descritos uno de ellos en grado de tentativa y un delito de lesiones a:

  3. el menor de edad Inocencio imponiéndole la medida de un año y seis meses de internamiento en régimen semiabierto siendo el último mes en libertad vigilada, con abono de la media cautelar cumplida.

  4. al menor de edad Pedro imponiéndole la medida de un año y seis meses de internamiento en régimen cerrado, siendo el último mes en libertad vigilada con abono de la medida cautelar cumplida.

    Asimismo debo condenar y condeno a los referidos menores y a sus respectivos representantes legales a Jacinto y Marina, Marcos y Judith a indemnizar solidariamente a Matías en la cantidad total de mil trescientos euros (1300€) por las lesiones y secuelas determinadas en el fundamento jurídico quinto de esta sentencia."

SEGUNDO

Contra dicha resolución las defensas de los menores interpusieron recurso de apelación, a la vez que la de Pedro proponía prueba.

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