SAN, 26 de Julio de 2004

PonenteJOSE MARIA DEL RIEGO VALLEDOR
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 6ª
ECLIES:AN:2004:5393
Número de Recurso762/2001

SENTENCIA

Madrid, a veintiseis de julio de dos mil cuatro.

Visto el recurso contencioso administrativo que ante esta Sección Sexta de la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, y bajo el número 762/2001, se tramita, a

instancia de García Munte Petróleos, S.L., representada por el Procurador D. Isacio Calleja García,

contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, de fecha 10 de mayo de 2001

(RG/S. 165/01), recaída en la pieza separada de suspensión, sobre suspensión de providencia de

apremio, y en el que la Administración demandada ha estado representada y defendida por el Sr.

Abogado del Estado, siendo la cuantía del mismo 7.306.410,44 euros (1.215.684.407 pesetas).

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo por la representación procesal indicada, contra la resolución de referencia, mediante escrito de fecha 16 de julio de 2001, y la Sala, por providencia de fecha 17 de julio de 2001, acordó tener por interpuesto el recurso y ordenó la reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

Reclamado y recibido el expediente administrativo, se confirió traslado del mismo a la parte recurrente, para que en el plazo legal formulase escrito de demanda, haciéndolo en tiempo y forma, alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, y suplicando lo que en su escrito de demanda consta literalmente.

Dentro del plazo legal, la Administración demandada formuló, a su vez, escrito de contestación a la demanda, oponiéndose a la pretensión de la actora y alegando lo que, a tal fin, estimó oportuno.

TERCERO

No habiéndose solicitado recibimiento a prueba y evacuado el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos y pendientes de votación y fallo, para lo que se acordó señalar el día 26 de julio de 2004.

CUARTO

En la tramitación de la presente causa se han observado las prescripciones legales, previstas en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y en las demás disposiciones concordantes y supletorias de la misma.

Vistos, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. José Mª del Riego Valledor.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso contencioso administrativo contra Resolución del TribunalEconómico Administrativo Central, de fecha 10 de mayo de 2001, recaída en la pieza separada de suspensión, que desestimó la solicitud de suspensión formulada por la empresa hoy recurrente de la providencia de apremio dictada por la Oficina Nacional de Inspección (ONI), el 6 de febrero de 2001, derivada de la liquidación por IVA asimilado a la importación correspondiente a septiembre del año 2000, con un importe de 1.458.821.288 pesetas, incluido el recargo de apremio (243.136.881 oesetas).

SEGUNDO

Alega el recurrente en su demanda que a) debe entenderse concedida la suspensión, de conformidad con el artículo 114.4 de la ley 30/92 , al haber transcurrido más de 30 días de la solicitud sin que el TEAC resolviera, b) que concurren los requisitos establecidos por el artículo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 21 de Abril de 2009
    • España
    • 21 Abril 2009
    ...de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma bajo el número 762/2001, interpuesto contra resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de fecha 10 de mayo de 2001 que inadmite a trámite la solicitud de s......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR