STSJ Comunidad de Madrid 2391/2008, 10 de Diciembre de 2008
Ponente | JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA |
ECLI | ES:TSJM:2008:23589 |
Número de Recurso | 375/2006 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 2391/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Diciembre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8
MADRID
SENTENCIA: 02391/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 8ª
Recurso nº 375/2006
SENTENCIA Nº 2391
Iltmos Sres:
Presidente
Dña. INÉS HUERTA GARICANO
Magistrados
D. MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE
D.JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA
En la ciudad de Madrid, a 10 de diciembre del 2.008.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (sección 8ª) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 375/2006, interpuesto por AMBITO SUR HOTELES, representada por el Procurador Sr. García Guillén y dirigida por letrado contra el Ministerio de Economía y Hacienda, representada y asistida por la Abogacía de Estado, sobre archivo de expediente de concesión de subvención. Ha sido Ponente el Ilmo Sr. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.
Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala interpuso el presente recurso contra la Resolución del Ministro de Economía y Hacienda de 10 de febrero de 2.006, adoptada por delegación por el Secretario General Técnico por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el recurrente en fecha 8 de septiembre del mismo año frente a la resolución de 20 de mayo de 2.005 de la Dirección General de Fondos europeos por la que se acuerda el archivo del expediente de subvención previamente concedida.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado la parte actora y demandada el trámite conferido en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de Derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la estimación de la demanda con la consiguiente declaración de nulidad de la resolución impugnada y reconocimiento del derecho al importe de la inversión indicada y porcentaje, por la parte actora, y respecto de la Administración demandada su desestimación, por entender que dicha resolución es conforme a Derecho.
Continuado el proceso por sus trámites con el resultado que aparece en autos, presentaron las partes con posterioridad y por su orden, sus escritos de conclusiones sobre fundamentos y pretensiones de la demanda y contestación señalándose día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 25 de noviembre de 2.008, designándose como Ponente al Iltmo Sr.Magistrado D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA, adscrito a esta Sección.
En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 29.566.522,72 €.
En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna la Resolución del Ministro de Economía y Hacienda de 10 de febrero de 2.006, adoptada por delegación por el Secretario General Técnico por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por el recurrente en fecha 8 de septiembre del mismo año frente a la resolución de 20 de mayo de 2.005 de la Dirección General de Fondos europeos por la que se cancela el expediente y se acuerda el archivo del expediente de incentivos económicos regionales H/0363/P08.
Son hechos acreditados en autos que constan documentalmente en el expediente, o son reconocidos por ambas partes, sin perjuicio de lo que se exponga en ulteriores fundamentos jurídicos que en fecha 8 de enero de 2.004 la entidad recurrente solicitó la concesión de subvención por incentivo económico regional para la construcción de hotel de categoría cuatro estrellas para Palacio de Congresos en Islantilla ( Huelva). Que dicha subvención fue concedida por Resolución de la Comisión Delegada para asuntos económicos de fecha 24 de febrero de 2.005, por importe de 2.644.698,20 € para la realización del proyecto citado, correspondiente al 10% de la inversión admitida, en ejecución del Real Decreto 652/88 de delimitación de la zona de promoción económica de Andalucía, aunque supeditada al cumplimiento de ciertas...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STS, 23 de Noviembre de 2011
...del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en fecha 10 de diciembre de 2.008 en el recurso contencioso-administrativo número 375/2.006 , sobre archivo del expediente de incentivos económicos regionales Es parte recurrida ÁMBITO SUR HOTELES, S.L., representada por el Procurador D. Emilio Ga......