SAN 53/2008, 26 de Noviembre de 2008

PonenteCARLOS OLLERO BUTLER
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 4ª
ECLIES:AN:2008:5697
Número de Recurso13/2004

SENTENCIA Nº 53/2008 En Madrid, a veintiséis de noviembre de dos mil ocho.

ANTECEDENTES DE HECHO

Visto en juicio oral y público, ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el Procedimiento Abreviado n° 184/01 procedente del Juzgado Central de Instrucción n° 6, Rollo de esta Sala 13/04 , seguido por delitos de fraude contra la Hacienda de la Comunidad Europea (Unión Europea) y de falsedad continuada, contra Aurelio , nacido en Motril, el día 12 de abril de 1.944, hijo de Luis y Concepción, titular del D.N.I. n° NUM000 y domiciliado en la calle DIRECCION000 n° NUM001 - NUM002 de Sevilla, de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Pedro Miguel , nacido en Villalonso (Zamora), el día 28 de Junio de 1941, hijo de Elias y Josefa, titular del D.N.I n° NUM003 y domiciliado en la calle PLAZA000 NUM001 - NUM004 de Montijo (Badajoz), de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Jose Ángel , nacido el día 31 de Octubre de 1953 en Cortes (Navarra), con D.N.I. n° NUM005 , de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Donato , nacido el día 8 de Noviembre de 1944, hijo de Francisco y de Luisa, en Madrid, con D.N.I n° NUM006 , de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales en libertad provisional por esta causa, con domicilio en calle DIRECCION001 DIRECCION002 - NUM007 - NUM008 (Salamanca), habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Serafin , nacido en Zaragoza el día 20 de Diciembre de 1951, hijo de Ignacio y María Pilar, con domicilio en Alondras, Urbanización DIRECCION003 n° NUM009 , Santa Marta de Tormes (Salamanca), con D.N.I n° NUM010 , sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa y sin que la solvencia o insolvencia del acusado consten actualizadas; contra Franco , nacido en Madrid, el día 16 de Mayo de 1941, hijo de Guillermo y de Isabel, con D.N.I n° NUM011 , de solvencia o insolvencia noactualizadas, con domicilio en calle DIRECCION004 n° DIRECCION005 , Torrelodones (Madrid), sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por la Sra. Sainz de la Torre Vilalta y defendido por el Letrado Sr. Vivas Puis; contra Luis Carlos , con D.N.I n° NUM012

, nacido el día 27 de Diciembre de 1951, en Barcelona, hijo de Gaspar y de Roser, con domicilio en DIRECCION006 NUM013 - NUM014 , Alcobendas (Madrid), de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; Juan Pablo , con D.N.I. n° NUM015 , nacido el día 25 de Agosto de 1945, en Arcos de la Frontera (Cádiz), hijo de José e Isabel, domiciliado en Azucarera La Bañeza, de solvencia e insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, habiendo estado representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Jose Luis , con D.N.I. n° NUM016 , nacido en Madrid, el 15 de Julio de 1945, hijo de Sebastián y de Rafaela, domiciliado en calle DIRECCION007 n° NUM017 , Io D (Madrid), de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por ésta causa, representado en ella por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Julián , nacido en Villaube (Zamora), el día 16 de Octubre de 1943, hijo de Aniceto y de Aurentina, con D.N.I n° NUM018 , domiciliado en calle DIRECCION008 n° NUM019 , NUM020 (Madrid), de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado en ella por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el Letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Humberto , nacido en Madrid, el día 27 de Septiembre de 1953, hijo de Salvador y Ana María, domiciliado en calle Rosas de Aravaca, Aravaca (Madrid), de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado por el Sr. Vázquez Guillen y defendido por el letrado Sr. Santos Carrascosa; contra Juan Francisco , nacido en Madrid, el día 14 de Febrero de 1946, hijo de Rafael e Inés, domiciliado en DIRECCION009 n° NUM021 , de solvencia o insolvencia no actualizadas, sin antecedentes penales, en libertad provisional por esta causa, representado en ella por el Sr. Rodríguez Muñoz y defendido por el Letrado Sr. Oria Fernández; como responsable civil subsidiaria, la entidad mercantil AZUCARERA EBRO S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL, sucesora de SOCIEDAD GENERAL AZUCARERA DE ESPAÑA, S.A y de AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS S.A, representada por el Sr. Vázquez Guillen y defendida por el Letrado Sr. Rodríguez Mourullo. Han sido partes acusadoras, en sus respectivas representaciones institucionales, el Ministerio Fiscal en la persona de la lima. Sra. Dª. Carmen Launa Oriol y la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En él trámite pertinente, el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado presentaron sus escritos de conclusiones, que luego elevaron a definitivas, no sin agregar - en el primer caso - alguna matización pormenorizada sobre determinados datos, pero sin suponer modificación de sus conclusiones provisionales esenciales. Sus conclusiones abarcaron los siguientes extremos I.-A,- Tres delitos de fraude contra la Hacienda de las Comunidades previsto en el art. 305-3° por impago de la exacción reguladora correspondiente a las Campañas Azucareras 96/97 (SOCIEDAD GENERAL AZUCARERA DE ESPAÑA S.A.), 97/98 Y 98/99 (AZUCARERA EBRO AGRÍCLOAS, S.A.) y dos delitos continuados de fraude contra la Hacienda de las comunidades de los arts. 305-3° y 74 (SOCIEDAD GENERAL AZUCARERA DE ESPAÑA S.A y AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A.) en relación al impago de las cotizaciones por gastos de almacenamiento, todos ellos en concurso con un delito de falsedad continuada en documento oficial y mercantil de los arts. 390 n° 2 y n° 3 y 392, 74 y 77 del C. Penal .

B.- Un delito de Falsedad continuada en documento oficial y mercantil de los arts. 390 n° 2 y n° 3, 392 y 74 del C. Penal .

  1. Alternativamente:

A.- Cuatro delitos de fraude contra la Hacienda de las Comunidades del art. 305-3° por impago de la exacción reguladora de las campañas 96/97 (un delito imputado a SOCIEDAD GENERAL AZUCARERA DE ESPAÑA y otro a EBRO AGRÍCOLAS COMPAÑÍA DE ALIMENTACIÓN), 97/98 Y 98/99 (AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS S.A), todos ellos en concurso con un delito de falsedad continuada en documento oficial y mercantil de los arts. 390 n° 2 y n° 3, 74 y 77 del Código Penal .

B.- Un delito de Falsedad continuada en documento oficial y mercantil de los arts. 390 n° 2 y n° 3, 392 y 74 del C. Penal Las responsabilidades delictivas se atribuyeron de la siguiente forma: Franco :

1. Autor por el art. 31 del Código Penal del delito del art. 305-3° por impago de la exacción reguladora por SOCIEDAD GENERAL AZUCARERA DE ESPAÑA SA. en la campaña 96/97.2. Autor por el art. 31 de dos delitos del art. 305-3° por impago de la exacción reguladora por AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A. en las campañas 97/98 y 98/99.

3. Autor de dos delitos continuados de los arts. 305-3° y 74 en relación al impago de las cotizaciones por gastos de almacenamiento por las empresas SOCIEDAD GENERAL AZUCARERA DE ESPAÑA, S.A. y AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS S.A. respectivamente.

4. Autor por el art. 28 del delito de falsedad documental en concurso con todos los fraudes descritos. ALTERNATIVAMENTE:

1. Autor por el art. 31 de un delito del art. 305-3° por impago de la exacción reguladora por SOCIEDAD AZUCARERA ESPAÑOLA S.A. en la campaña 96/97.

2. Autor por el art. 31 de dos delitos del art. 305-3° por impago de laexacción reguladora por AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A en las campañas 97/98 y 98/99.

3. Autor por el art. 28 del delito de falsedad documental en concurso con todos los fraudes descritos. Luis Carlos :

1. Autor por el art. 31 del Código Penal de dos delitos del art. 305-3° en relación al impago de la exacción reguladora por AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A. en las campañas 97/98, y 98/99.

2. Autor por el art. 31 del Código Penal de un delito continuado del art. 305-3° y 74 en relación al impago de las cotizaciones por gastos de almacenamiento por AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A.

3. Autor por el art. 28 del delito de falsedad documental en concurso con todos los fraudes descritos. ALTERNATIVAMENTE:

1. Autor por el art. 31 de un delito del art. 305-3° en relación al impago de la exacción reguladora por EBRO AGRÍCOLAS COMPAÑÍA DE ALIMENTACIÓN S.A., en relación a la campaña 96/97.

2. Autor por el art. 31 de dos delitos del art. 305-3° por impago de la exacción reguladora por AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A en las campañas 97/98 y 98/99.3. Autor por el art. 28 del delito de falsedad documental en concurso con todos los fraudes descritos.

Juan Pablo :

1. Autor por el art. 31 del Código Penal de dos delitos del art. 305-3° en relación al impago de la exacción reguladora por AZUCARERA EBRO AGRÍCOLAS, S.A. en las campañas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR