SAP Madrid 572/2008, 9 de Diciembre de 2008
Ponente | MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO |
ECLI | ES:APM:2008:17821 |
Número de Recurso | 821/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 572/2008 |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 13
MADRID
SENTENCIA: 00572/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 91-4933835/6/3909/11 Fax: 91-493.39.10
N.I.G. 28000 1 7012239 /2005
Rollo: RECURSO DE APELACION 821 /2005
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 972 /2003
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 47 de MADRID
De: Juan Alberto, Valentín, Iván
Procurador: FRANCISCO MIGUEL VELASCO MUÑOZ-CUELLAR, FRANCISCO MIGUEL VELASCO MUÑOZ-CUELLAR,
FRANCISCO MIGUEL VELASCO MUÑOZ-CUELLAR
Contra: Felipe
Procurador: MARIA LUISA BERMEJO GARCIA
Ponente: ILMO. SR. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. JOSÉ GONZÁLEZ OLLEROS
SENTENCIA
En Madrid, a nueve de diciembre de dos mil ocho. La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid,
compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto el presente incidente de impugnación de la tasación de costas, por el concepto de indebidos, dimanante del rollo de apelación nº 821/05, seguido a instancia de D. Felipe, representado por la Procuradora Doña María Luisa Bermejo García, contra Herederos de Luz D. Juan Alberto, D. Valentín y D. Iván, representados por el Procurador Don Francisco Velasco Muñoz-Cuellar.
Con fecha 29 de noviembre de 2006 se practicó por la Sra. Secretaria la tasación de costas causadas en ésta instancia, siendo impugnada la misma por la parte condenada al pago, por considerar la misma indebidas.
Tras sustanciar la impugnación por los trámites establecidos para los incidentes, se señaló para la deliberación y resolución de la tasación de costas por indebidas el día tres de diciembre de dos mil ocho.
En la tramitación del presente incidente han sido observadas las prescripciones legales.
En el recurso de apelación que da causa al presente incidente recayó sentencia el 9 de octubre de 2006 por la que se rechazó el recurso interpuesto por D. Juan Alberto, D. Valentín y D. Iván contra la sentencia de primera instancia.
El demandante y apelado, D. Felipe, favorecido por el pronunciamiento en materia de costas, solicitó el 22 de noviembre de 2006 que fueran tasadas, lo que así hizo la Sra. Secretaria el 29 de noviembre de 2006.
El 19 de diciembre de 2006 se impugnó dicha tasación por los apelantes al considerar excesivos los honorarios del Letrado D. Felix .
El día 11 de mayo de 2007 dictamos auto desestimando la impugnación e impusimos las costas causadas por ella a los hermanos Valentín Iván Juan Alberto como impugnantes por imperativo legal.
El 17 de octubre de 2007 D. Felipe solicitó se procediese a la práctica de la tasación de las costas generadas por el mencionado incidente de impugnación, tomando el Letrado D. Felix como base cuantitativa para el cálculo de sus honorarios el importe de la tasación de costas de 29 de noviembre de 2006, aprobada por nuestro auto de 11 de mayo de 2007, esto es, 4.979,01 euros.
El 21 de noviembre de 2007 la Sra. Secretaria de este Tribunal practicó la tasación solicitada, cuyo importe asciende a 1.258,09 (43,09 € derechos de la Procuradora y 1215 € honorarios del Abogado).
El 11 de diciembre de 2007 D. Iván y dos más (sus hermanos D. Valentín y D. Iván ) impugnó este última tasación por indebidas, tanto del Letrado como del Procurador. Esta impugnación la sustentan en que el Letrado de los impugnantes, D. Luis Antonio, mantuvo conversación con el Letrado del actor, D. Felix, que culminaron el 10 de enero de 2007 con el acuerdo de que "la totalidad de las costas, en ambas instancias y de ambos...
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