SAP Valencia 193/2014, 4 de Junio de 2014

PonenteJOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
ECLIES:APV:2014:3374
Número de Recurso3/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución193/2014
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46250-37-2-2014-0000026

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 3/2014- AM - Dimana del Juicio Ordinario Nº 000727/2013

Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE VALENCIA

Apelante: DÑA. Carina .

Procurador.- Dña. SANDRA MARTINEZ IZQUIERDO.

Apelado: MARTINSA FADESA SA.

Procurador.- D. RAMON ANTONIO BIFORCOS SANCHO.

SENTENCIA Nº 193/2014

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Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO

Magistrados/as

DÑA. SUSANA CATALAN MUEDRA

D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

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En Valencia, a cuatro de junio de dos mil catorce.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO, los autos de Juicio Ordinario 727/2013, promovidos por DÑA. Carina contra MARTINSA FADESA SA sobre "resolución de contrato de compraventa", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por DÑA. Carina, representado por el Procurador Dña. SANDRA MARTINEZ IZQUIERDO y asistido del Letrado D. JESUS MARIA DE ARRIAGA REMIREZ contra MARTINSA FADESA SA, representado por el Procurador D. RAMON ANTONIO BIFORCOS SANCHO y asistido del Letrado D. ANTONIO BLANES GIRONES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 3 DE VALENCIA, en fecha 16 de octubre de 2013 en el Juicio Ordinario 727/2013 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda formulada por DOÑA Carina, representado/a por el/la Procurador/a de los Tribunales D./D.ª Sandra Martínez Izquierdo, contra MARTINSA-FADESA, S.A., representado/a por el/la Procurador/a D./D.ª Ramón Biforcos Sancho, debo: 1) absolver y absuelvo a dicha demandada de las pretensiones contra ella formuladas. 2) con expresa condena en costas a la demandante."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de DÑA. Carina, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de MARTINSA FADESA SA. Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 2 de Junio de 2014.

TERCERO

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

SE ACEPTAN los fundamentos de derecho de la sentencia apelada, así como el relato de hechos probados que contiene la misma, que son fruto de una correcta valoración de la prueba practicada, todos los cuales se hacen propios como si formaran parte integrante de la presente resolución.

PRIMERO

Frente a la sentencia recaída en la instancia, desestimatoria de la demanda planteada por Dña. Carina contra "Martinsa-Fadesa, S.A.", en resolución de un contrato de compraventa de una vivienda, garaje y trastero, celebrado el 14 de noviembre de 2006, en la promoción que dicha mercantil iba a realizar en la Unidad de Ejecución 1 de Alberique, y en devolución de los cincuenta y un mil trescientos ochenta y nueve euros con ochenta y nueve céntimos (51.389'89 #), que era la cantidad entregada por aquélla a cuenta del precio, todo ello fundado en la falta del aval o seguro previsto en la Ley 57/68 y en que la obra no llegó a iniciarse al no haberse obtenido la correspondiente licencia de edificación, se alzó en apelación la parte actora, inisistiendo, para tratar de desvirtuar las consideraciones tenidas en cuenta por el Juez "a quo" para desestimar la demanda, en que el incumplimiento achacable a la promotora había sido posterior a que la demandada fuera declarada en concurso por auto de 24 de julio de 2008, siendo, por tanto, también posterior a éste el crédito que la actora tenía por la parte del precio que había...

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