SAN 20/2008, 20 de Mayo de 2008

PonenteFERMIN JAVIER ECHARRI CASI
EmisorAudiencia Nacional. Sala penal, Sección 2ª
ECLIES:AN:2008:5592
Número de Recurso52/2007

AUDIENCIA NACIONAL

SALA DE LO PENAL

SECCIÓN SEGUNDA

ROLLO DE SALA 52/2007

SUMARIO 38/2006

Juzgado Central de Instrucción n° 6

ILMO. SR. PRESIDENTE:

D. FERNANDO GARCÍA NICOLÁS

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JULIO DE DIEGO LÓPEZ

D. FERMÍN JAVIER ECHARRI CASI

SENTENCIA Nº 20/2008

En Madrid a veinte de mayo de dos mil ocho.

Vista y oída, en juicio oral y público, por la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, la causa dimanante del Sumario 38/2006, Rollo de Sala 52/2007, procedente del Juzgado Central de Instrucción n° 6, por un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína) en cantidad de notoria importancia y perteneciendo a organización, en conductas de extrema gravedad.

Han sido partes en el presente procedimiento:

Como Acusador

El Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, representado por el Ilmo.. Sr. D. Javier Redondo López.

Como Acusados:

  1. Alberto, nacido el 18 de marzo de 1951 en Isla Margarita (Venezuela), hijo de Higinio y Eufemia, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM000, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Norberto Pablo Jerez Fernández y defendido por el Letrado Don Diego Zallas González.

  2. Luis Enrique, nacido el 11 de febrero de 1968 en El Morro de Puerto Santo (Venezuela), hijo de Francisco y Felipa, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM001, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Pedro Moreno Rodríguez y defendido por la Letrada Doña Montserrat Cebriá Andreu.

  3. Tomás, nacido el 28 de agosto de 1964 en El Morro de Puerto Santo (Venezuela), hijo de Germán y Luisa, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM002, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM001, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Juan De la Ossa Montes y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  4. Rodrigo, nacido el 15 de agosto de 1983 en Isla Margarita (Venezuela), hijo de Alexis y Francisca, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM003, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Juan De la Ossa Montes y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  5. Javier, nacido el 21 de noviembre de 1974 en El Tigre (Venezuela), hijo de José Miguel y Gaudis, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM004, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Juan De la Ossa Montes y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  6. Everardo, nacido el 2 de enero de 1962 en El Morro de Puerto Santo (Venezuela), hijo de José Miguel y Gaudis, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM005, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Juan De la Ossa Montes y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  7. Bernardo, nacido el 27 de septiembre de 1979 en Guiria (Venezuela), hijo de Alexis y Petra, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM006, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Miguel Ángel Ayuso Morales y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  8. Juan Pedro, nacido el 22 de noviembre de 1981 en Carubano (Venezuela), hijo de Carlos y Antonia, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM007, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Miguel Ángel Ayuso Morales y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  9. Juan Miguel, nacido el 20 de octubre de 1979 en Tachila (Venezuela), hijo de Harold y María, sin domicilio conocido en nuestro país, con Cédula de Identidad venezolana n° NUM008, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Miguel Ángel Ayuso Morales y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

  10. Juan Francisco, nacido el 30 de mayo de 1975 en Santa Cruz de Tenerife (España), hijo de Ricardo y Deogracia, sin domicilio conocido en nuestro país, con Pasaporte español n° NUM009, sin antecedentes penales, de solvencia no acreditada, y en prisión provisional por esta causa desde el pasado 10 de octubre de 2005 (fecha de su detención), representado por el Procurador de los Tribunales Don Miguel Ángel Ayuso Morales y defendido por el Letrado Don Alberto Barco García.

Es ponente el Magistrado D. FERMÍN JAVIER ECHARRI CASI.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado Central de Instrucción n° 6 de la Audiencia Nacional se incoaron en fecha 22 de septiembre de 2005 Diligencias Previas registradas con el número 352/2005 con base en el oficio procedente de la Unidad Central Operativa Narcotráfico de la Subdirección General de Operaciones de la Guardia Civil de fecha 21 de septiembre de 2003, en el que dan cuenta de la recepción de una comunicación de la Oficina en España de la Agencia Estadounidense Antidroga. (Drug Enforcement Administration. D.E.A), a través del cual informaban de la existencia de una red de narcotraficantes compuesta por ciudadanos colombianos, españoles, y portugueses. Dicha organización estaría coordinando el envío hasta España de un cargamento de aproximadamente 3.000 kilogramos de cocaína. El envío de sustancia estupefaciente tiene su origen en las costas venezolanas. La organización tiene previsto que el pesquero encargado del transporte de la cocaína se encuentre el 7 de octubre de 2005 en las coordenadas 25° N -39° W, donde la mercancía ilícita será transbordada a lanchas rápidas para su alijo en las costas españolas.

SEGUNDO

Practicadas las diligencias de investigación correspondientes que dieron como resultado el abordaje el día 10 de octubre de 2005 del barco pesquero " DIRECCION000 " que navegaba bajo pabellón de la República de Venezuela, y la detención de sus diez tripulantes, los ahora acusados, así como la incautación de 100 fardos con un peso aproximado entre 30 y 35 kilogramos que contenían una sustancia que tras los correspondientes análisis periciales resultó ser cocaína.

En fecha 24 de julio de 2006 se transformaron las Diligencias Previas en Sumario, dictándose el correspondiente Auto de procesamiento el 15 de marzo de 2007, por el que se declararon procesados en este Sumario a Alberto, Luis Enrique, Tomás, Rodrigo, Javier, Everardo, Bernardo, Juan Pedro, Juan Miguel y Juan Francisco, como presuntos autores de un delito contra la salud pública relativo a sustancias que causan grave daño a la salud, en cantidad de notoria importancia, formando parte de una organización y en conductas de extrema gravedad

El 3 de julio de 2007 se declaró concluso el Sumario.

TERCERO

Remitido el Sumario a esta Sección Segunda, se formó Rollo de Sala n° 52/2007, acordándose por Auto de 3 de diciembre de 2007 la confirmación de la conclusión del Sumario y la apertura de juicio oral contra los procesados; y por Auto de 23 de abril de 2008, se resolvió sobre la prueba propuesta por las partes y se señaló la celebración de la vista oral para los días 12, 13 y 14 de mayo, lo que tuvo lugar con la práctica del interrogatorio de los procesados, testifical, pericial y documental en los términos recogidos en las correspondientes actas.

CUARTO

El Ministerio Fiscal, al elevar sus conclusiones a definitivas modificó las mismas, calificando los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública de los artículos 368, tratándose de sustancia que causa grave daño a la salud; 369, 1. 6a (notoria importancia) del Código Penal, en relación con la lista I de Convención Única de Naciones Unidas de 1961. Del mencionado delito son criminalmente responsables en concepto de autores del artículo 28.1 del Código Penal : los procesados Alberto, Luis Enrique, Tomás, Rodrigo, Javier, Everardo, Bernardo, Juan Pedro, Juan Miguel y Juan Francisco. No concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en ninguno de los procesados. Procede imponer a los procesados Alberto y Luis Enrique, la pena de diez años de prisión, con abono del tiempo sufrido en prisión provisional, multa por importe del valor de la droga, accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y costas...

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