SAP Madrid 331/2014, 18 de Junio de 2014

PonenteEDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA
ECLIES:APM:2014:9966
Número de Recurso931/2014
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución331/2014
Fecha de Resolución18 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 3ª

Sección nº 03 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934543/4732/,914934731

Fax: 914934542

Grupo de trabajo : R

37051540

N.I.G.: 28.079.00.1-2014/0016810

Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 931/2014

Origen :Juzgado de lo Penal nº 24 de Madrid

Procedimiento Abreviado 337/2013

SENTENCIA NÚMERO: 331

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILTMOS. SRES. DE LA SECCION TERCERA

D. JUAN PELAYO GARCIA LLAMAS

D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA

Dª LUISA MARIA PRIETO SANCHEZ

---------------------------------------------- En Madrid, a 18 de junio de 2014.

VISTOS, por esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, en grado de apelación, el Juicio Oral nº 337/13 procedente del Juzgado Penal nº 24 de Madrid y seguido por delito de quebrantamiento de condena contra Juan Ignacio, siendo partes en esta alzada como apelante dicho acusado, y como apelado el Ministerio Fiscal, y Ponente el Magistrado D. EDUARDO VICTOR BERMUDEZ OCHOA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el indicado Juzgado de lo Penal se dictó Sentencia el día 31 de marzo de 2014, cuyo

FALLO

decretó: " Que debo CONDENAR Y CONDENO a Juan Ignacio - ya circunstanciado - como autor penalmente responsable de un delito de QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA previsto y penado en el art. 468-2, con la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN DEL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, ello con imposición de las costas procesales ocasionadas en eta instancia. "

SEGUNDO

Notificada la referida sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Juan Ignacio, que fue admitido en ambos efectos y del que se confirió traslado por diez días al Ministerio Fiscal, que solicitó la desestimación del recurso. TERCERO .- Elevadas las actuaciones a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial el día 16 de junio de 2014, se formó el Rollo de Sala nº 931/14 y dado el trámite legal, se señaló para la deliberación, votación y fallo en Sala el recurso el día de hoy.

  1. HECHOS PROBADOS

Se aceptan de manera expresa los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En contra de lo afirmado en el recurso de apelación, en el domicilio familiar respecto del

que constaba decidido el alejamiento en la sentencia del Juzgado Penal nº 1 de Madrid, de 28 de marzo de 2007, continuaba habitando la madre del acusado, tal como se expresa en la relación de hechos probados y así lo contó el propio acusado, que es una de las tres personas a favor de cuya protección se decidió la imposición de dicha pena. La circunstancia de que...

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