SAP Madrid 540/2014, 13 de Mayo de 2014
Ponente | OLATZ AIZPURUA BIURRARENA |
ECLI | ES:APM:2014:11127 |
Número de Recurso | 343/2013 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 540/2014 |
Fecha de Resolución | 13 de Mayo de 2014 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª |
Sección nº 23 de la Audiencia Provincial de Madrid
C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071
Teléfono: 914934645,914933800
Fax: 914934639
Grupo 3
37051540
N.I.G.: 28.079.00.1-2013/0025471
Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado RAA 343/2013
3
Origen : Juzgado de lo Penal nº 29 de Madrid
Procedimiento Abreviado 421/2012
Apelante: D./Dña. Fructuoso
Procurador D./Dña. MARIA DEL MAR DE VILLA MOLINA
Letrado D./Dña. DIEGO JESUS DE LAS CASAS CAÑEDO
Apelado: MINISTERIO FISCAL
SENTENCIA Nº 540/2014
MAGISTRADOS SRES.
Dª MARIA RIERA OCARIZ
Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA
D. EDUARDO GUTIERREZ GOMEZ
En Madrid a 13 de mayo de 2014.
VISTOS en segunda instancia, por la Sección Veintitrés de la Audiencia Provincial de Madrid, los presentes autos de Procedimiento Abreviado Rollo nº 343-13 procedentes del Juzgado de lo Penal 29 de Madrid; han intervenido como parte acusadora el Ministerio Fiscal, como acusado Fructuoso .
Expresa el parecer de la Sala como ponente Dª OLATZ AIZPURUA BIURRARENA.
Por el Juzgado Penal se dictó con fecha 10-04-13 sentencia, en la que se declaran probados los siguientes hechos: El acusado Fructuoso, mecánico de profesión, fue denunciado por un vecino ...por tener plantada en la terraza de su casa situada en la CALLE000 de Alcobendas marihuana. Esta denuncia anónima dio lugar al seguimiento durante un mes por parte de la policía nacional, los cuales llegaron a pedir una entrada y registro de su domicilio que les fue concedido el 6 de julio de 2011 lo que provocó que se le incautaran las plantas que tenía en 36 macetas, que fueron cortados los tallos y se detuviera al acusado. Una vez que se hizo el correspondiente pelaje de las plantas, fueron remitidas al Instituto de Farmacia para análisis de la sustancia y pesaje, dando como resultado peso neto de 1.120 gramos de cannabis sativa con riqueza del 3% por un lado y 1.180 gramos de la misma sustancia con riqueza del 2,6% por otro. La sustancia intervenida tiene un valor en el mercado ilícito de 9614 euros...El acusado siempre ha vivido de su trabajo. No se encontró en su domicilio ningún utensilio que permita deducir que viva de la venta de la sustancia, ni en el periodo de un mes de observación que hizo la policía jamás vio subir a presuntos compradores a su domicilio. Pero la cantidad incautada permite pensar que excede de las necesidades de su propio consumo y que éste ha favorecido el consumo por parte de terceras personas..."
La parte dispositiva dice textualmente: " Que debo condenar y condeno a Fructuoso como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública, sin que concurra ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, imponiéndole la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de 15.000 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de 6 meses de privación de libertad en caso de impago y pago de las costas procesales" ".
Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado en base a los motivos que en el correspondiente escrito se indican y que serán objeto del fondo del recurso.
Elevados los autos a esta Audiencia, se dio traslado de los mismos a la Magistrada Ponente a los efectos de acordar sobre la procedencia de celebrar vista y, en su caso, sobre la práctica de la prueba propuesta.
No estimándose necesaria la vista oral, quedaron los autos vistos para sentencia.
Se dan por reproducidos los Antecedentes de la sentencia Apelada.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.
La parte apelante solicita la revocación de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal y que en su lugar se dicte otra en la que se le absuelva de los hechos enjuiciados. En relación a su conducta, señala que la droga incautada era para su propio consumo y así debe inferirse de su acreditada su condición de consumidor de marihuana, del hecho de que vive de su...
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