SAP Vizcaya 394/2014, 12 de Junio de 2014

PonenteMARIA DE LOS REYES CASTRESANA GARCIA
ECLIES:APBI:2014:1223
Número de Recurso68/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución394/2014
Fecha de Resolución12 de Junio de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN SEKZIOA

BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016665

Fax / Faxa: 94-4016992

NIG PV / IZO EAE: 48.04.2-13/006428

NIG CGPJ / IZO BJKN :48.020.47.1-2013/0006428

R.apela.merca.L2 / E_R.apela.merca.L2 68/2014

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao / Bilboko 1 zk.ko Merkataritza-arloko Epaitegia

Autos de Procedimiento ordinario 203/2013 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: ASOCIACION DE USARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS, ASOCIACION DE USUARIOS DE SERVICIOS BANCARIOS y Anibal

Procurador/a/ Prokuradorea:PEDRO MARIA SANTIN DIEZ, PEDRO MARIA SANTIN DIEZ y PEDRO MARIA SANTIN DIEZ

Abogado/a / Abokatua: ALEJANDRO CASTILLA DE LOS SANTOS, ALEJANDRO CASTILLA DE LOS SANTOS y ALEJANDRO CASTILLA DE LOS SANTOS

Recurrido/a / Errekurritua: BANCO BILBAO BIZKAIA ARGENTARIA S.A.

Procurador/a / Prokuradorea: LUIS PABLO LOPEZ ABADIA RODRIGO

Abogado/a/ Abokatua: PEDRO LEARRETA OLARRA

S E N T E N C I A Nº 394/14

ILMOS. SRES.

D. FERNANDO VALDÉS SOLÍS CECCHINI

Dña. ANA BELÉN IRACHETA UNDAGOITIA

Dña. REYES CASTRESANA GARCÍA

En BILBAO (BIZKAIA), a doce de junio de dos mil catorce.

La Audiencia Provincial de Bizkaia - Sección Cuarta, constituida por los Ilmos. Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento ordinario 203/2013 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, a instancia de ASOCIACION DE USARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS, ASOCIACION DE USUARIOS DE SERVICIOS BANCARIOS y D. Anibal, apelantes - demandantes, representadoS por el Procurador Sr .PEDRO MARIA SANTIN DIEZ y defendidos por el Letrado Sr. ALEJANDRO CASTILLA DE LOS SANTOS, contra BANCO BILBAO BIZKAIA ARGENTARIA S.A., apelado - demandado, representado por el Procurador Sr. LUIS PABLO LOPEZ ABADIA RODRIGO y defendido por el Letrado Sr. PEDRO LEARRETA OLARRA; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 18 de noviembre de 2013 .

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2013 es del tenor literal siguiente:

"

FALLO

1.- DESESTIMAR íntegramente la demanda formulada por Anibal, la ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS BANCARIOS (AUSBANC CONSUMO) y la ASOCIACIÓN DE USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS (AUSBANC EMPRESAS), representados por el Procurador de los Tribunales Pedro María Santín Díez, frente a la mercantil BBVA, representado por el Procurador de los Tribunales Luis López-Abadia de Rodrigo.

2.- ABSOLVER de todos los pedimentos en su contra a la mercantil BBVA.

3.- Imponer las costas a la parte demandante ."

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandante se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que, admitido a trámite por el Juzgado Mercantil y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el número 68/14 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite la Ilma. Sra. Magistrada D.ª REYES CASTRESANA GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

PLANTEAMIENTO:

  1. D. Anibal, la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc Consumo) y la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc Empresas) promovieron demanda de juicio ordinario contra el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria SA (BBVA), en el ejercicio de una acción de tutela del derecho de información del accionista del art. 197 de la Ley de Sociedades de Capital, interesando se declare vulnerado el derecho de información que como accionistas les corresponde y que ejercitaron en la junta general del accionistas del BBVA de 16 de marzo de 2012 y por consiguiente la nulidad de los acuerdos adoptados en el punto 1º del orden del día sobre aprobación de cuentas anuales e informe de gestión correspondiente al ejercicio del año 2011.

    En la primera instancia recayó sentencia desestimatoria en base a que el Magistrado de lo mercantil, si bien aprecia que las preguntas y aclaraciones solicitadas por los actores referentes a "la selección de personal, hipotecas subprime, cláusulas suelo su repercusión en las cuentas del grupo, los resultados de unidades de negocio, la capacitación en la gestión y deuda soberana de la República Helénica" se tratan de cuestiones conexas relacionadas con la gestión social, por tanto, comprendidas en el orden del día, sin embargo, aprecia que no se ha vulnerado el derecho de información del accionista, que ha sido atendido y respetado de modo suficiente, al considerar que se dio respuesta verbalmente en la Junta y en la contestación a las preguntas remitidas el 23 de marzo de 2012.

    A tales conclusiones llega el Magistrado de lo mercantil en base a que, sucintamente:

    (1).- El día 16 de marzo de 2012 se celebró la Junta General de Accionistas del BBVA, que se documentó mediante acta notarial.

    (2).- Los actores no ejercitaron el derecho de información con carácter previo a la celebración de la Junta General de Accionistas.

    (3).- Los accionistas aquí impugnantes, atendiendo al art. 18 del Reglamento de la Junta General y para que constara en el acta el tenor literal de sus intervenciones, aportaron notas escritas para su constancia en acta con antelación, e intervinieron oralmente durante la celebración de la junta solicitando información, en la forma que se dirá y sobre los siguientes puntos, lo que es demostrativo de la actitud de plantear preguntas y de recibir respuestas:

    3.a) D. Isidro, como representante de Ausbanc Consumo, intervino siguiendo el escrito entregado, aunque leyéndolo en orden distinto. Su intervención versó sobre el acuerdo publicitado al que BBVA llegó con Google para gestionar el correo interno de la entidad financiera y sobre la imputación del que fuera director en el llamado caso Urdangarin o caso Noos.

    3.b) D. Anibal, tuvo una intervención que no se correspondió con el texto previamente entregado al notario, omitiendo determinadas partes del mismo. Intervino oralmente en la celebración de la junta solicitando información sobre los resultados de la franquicia del BBVA en USA y las pérdidas contabilizadas a la vista de la crisis de las hipotecas subprime con las previsiones para el año 2012.

    3.c) D. Severiano, como representante de Ausbanc Empresas, también realizó una intervención que no se correspondió con el texto previamente entregado, remitiéndose con carácter general al documento entregado para su unión al acta notarial. Plantea cuestiones sobre la deuda soberana griega en el balance de la BBVA, y los instrumentos de cobertura que la entidad habría suscrito para cubrirse del riesgo de impago de la deuda y sobre las sentencias judiciales que están declarando la nulidad por abusivas de las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios de la BBVA.

    (4).- Tras la intervención de veintiún accionistas, se procedió por el Presidente del BBVA a contestar a cada uno a uno a los veintiún accionistas que intervinieron, agrupando las cuestiones planteadas cuando guardaban afinidad temática, dando respuesta a las preguntas que por ellos han sido realizadas en el acto de la Junta y añadiendo al final de su intervención que, en relación al resto de preguntas más concretas de los accionistas, se responderán por escrito en el plazo legal de siete días.

    (5).- Mientras el Presidente de la BBVA estaba contestando a las preguntas formuladas por los accionistas, D. Anibal, D. Isidro y D. Severiano, se ausentaron de la junta, haciendo constar su voto en contra a todas las propuestas de acuerdos presentadas. Consta expresamente que tras abandonar la sala los actores, el Presidente sigue respondiente a las preguntas planteadas por los accionistas.

    (6).- El BBV remitió contestaciones escritas y dentro del plazo legal a las preguntas formuladas por los actores en fecha 23 de marzo de 2012. En concreto se contesta a D. Anibal sobre el riesgo subprime, a D. Severiano sobre la deuda soberana de la República Helénica y sobre las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios y a D. Isidro sobre el acuerdo entre BBVA y Google y la condiciones de los directores y consejeros nombrados, y en los términos reflejados en dicha contestaciones.

  2. Contra la mencionada sentencia de instancia se ha interpuesto recurso de apelación por los actores

    D. Anibal, Ausbanc Consumo y Ausbanc Empresas, que ha quedado concretado en las siguientes materias:

    (1) Vulneración del derecho de información que asistía a los actores en su condición de accionistas del BBVA, denunciando una errónea valoración de la prueba de la sentencia de instancia e infracción el art. 197 de la LSC sobre el ejercicio del derecho información en junta de accionistas; (2) Las posteriores contestaciones escritas remitidas por el BBVA a los actores después de la Junta no subsanan la inicial vulneración del derecho de información ejercitado en la junta, con infracción del art. 197 de la LSC al considerar la sentencia impugnada adecuados y suficientes los contenidos de esas contestaciones; y (3) La no imposición de las costas procesales por existir dudas de hecho o de derecho atendiendo al art. 394 de la LEC .

SEGUNDO

DOCTRINA LEGAL Y JURISPRUDENCIAL DEL DERECHO DE INFORMACIÓN :

Según señala la doctrina y la jurisprudencia, la nulidad de los acuerdos sociales por causa de la vulneración del derecho de...

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