STSJ Castilla y León 1538/2014, 18 de Julio de 2014

PonenteJESUS MOZO AMO
ECLIES:TSJCL:2014:3575
Número de Recurso659/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución1538/2014
Fecha de Resolución18 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 01538/2014

Sección Primera

N56820

N.I.G: 47186 33 3 2013 0102102

Procedimiento: RECURSO DE APELACION 0000659 /2013

Sobre: FUNCION PUBLICA

De D. Jose Augusto

Representación: D. ANGEL LUIS SANCHEZ GARRIDO

Contra DIPUTACIÓN DE LEÓN

Representación D. JAVIER SUAREZ-QUIÑONES FERNANDEZ

SENTENCIA N.º 1538

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

Doña ADRIANA CID PERRINO

Don FELIPE FRESNEDA PLAZA

Don JESÚS MOZO AMO.

En Valladolid a dieciocho de julio de dos mil catorce.

Por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en la Ciudad de Valladolid, formada por los Magistrados expresados más arriba, se ha visto el presente rollo de apelación registrado con el número 659/13, en el que son partes:

Como apelante: DON Jose Augusto . Esta parte está representada por el Procurador de los Tribunales Don Ángel-Luis Sánchez Garrido y defendida por el Letrado en ejercicio Don Francisco-Javier Valcarce Casas, según se ha acreditado oportunamente.

Como apelada: Excma. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE LEÓN, que está representada por el Procurador de los Tribunales Don Javier Suárez-Quiñones y Fernández y defendida por el Letrado en ejercicio Don Alejandro García Moratilla, según se ha acreditado oportunamente.

El recurso de apelación interpuesto se dirige contra la sentencia identificada con el número 223/13, de 22 de julio de 2013, que ha sido dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número Dos de los existentes en la Ciudad de León en el Procedimiento Abreviado número 209/2012.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Magistrada del Juzgado anteriormente indicado dictó sentencia cuyo fallo tiene el siguiente contenido literal:

" Debo DESESTIMAR Y DESESTIMO Íntegramente el recuso contencioso-administrativo interpuesto por Don Jose Augusto contra la Resolución de la Diputación Provincial de León de 13 de abril de 2012 por la que se imponía al Sr. Jose Augusto "la sanción de suspensión firme de funciones durante quince días por cada una de las faltas tipificadas en el art. 82.e) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de CyL, cuales son las conductas que causen un daño a la Administración, que se concretan en no aportar el parte de baja médica en tiempo, lo que originó el correspondiente daño a la administración provincial al tener que prolongar la duración del contrato celebrado para su sustitución, y el retraso de la recogida del parte de alta médica por incomparecencia durante las fechas que figuran en el expediente", siendo la misma conforme a derecho.

Con expresa condena en costas a Don Jose Augusto ".

SEGUNDO

Contra la referida sentencia, la parte apelante anteriormente identificada interpuso recurso de apelación presentando escrito al efecto en el que, con exposición de los motivos de impugnación, solicita que se estime el mismo y, como consecuencia de ello, se revoque la sentencia apelada dictando otra de acuerdo con lo pedido en el escrito de demanda contencioso-administrativa.

Admitido a trámite el recurso interpuesto, se dio traslado del mismo a las demás partes. La Excma. Diputación Provincial de León presentó escrito de alegaciones en oposición al mismo solicitando que se confirme la sentencia apelada condenando en costas a la parte apelante y a todo lo demás que fuera procedente en derecho.

El Juzgado correspondiente elevó las actuaciones originales y el expediente administrativo a esta Sala.

TERCERO

Formado rollo y acusado recibo al Órgano Judicial remitente se realizó la tramitación correspondiente sin que conste que en esta segunda instancia se haya personado ningún interesado ni tampoco se ha propuesto prueba por lo que, por Providencia dictada al efecto, se ha declarado concluso el presente recurso sin celebración de trámite de vista oral o de conclusiones escritas habiéndose señalado para votación y fallo el día 10 de julio de 2014.

Se ha designado Magistrado Ponente al Ilmo. Sr. Don JESÚS MOZO AMO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Procede decidir, en primer lugar, si el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia referenciada en los antecedentes de hecho anteriores es admisible. Para ello es necesario tener en cuenta las consideraciones que se van a indicar...

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