STSJ Castilla y León , 9 de Julio de 2014

PonenteSUSANA MARIA MOLINA GUTIERREZ
ECLIES:TSJCL:2014:3490
Número de Recurso955/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 01019/2014

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 24089 44 4 2013 0001923

N20550

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000955 /2014-S

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000642 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 003 de LEON Recurrente/s: FOGASA FOGASA Abogado/a: Procurador/a: Graduado/a Social:

Recurrido/s: ANTIBIOTICOS S.A.U., LENER ADMINISTRADORES CONCURSALES S.L., ABC PROFESIONALES CONCURSALES S.L.P. ( Eulogio ), Jorge, CREPARE, ADMINISTRADOR CONCURSAL S.L.P. - Rogelio, COMITE DE EMPRESA - PRESIDENTE D. Luis Francisco

Abogado/a:, DAVID GONZALEZ PARDO, SARA RODRIGUEZ MARTINEZ, JULIAN SANTOS SERRANO,, EUGENIO BAJO CREMER

Procurador/a:,,, MARIA CONCEPCION DEL MAR CANO HERRERA,, Iltmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de Sección

Dª. Maria del Carmen Escuadra Bueno

Dª. Susana Mª Molina Gutiérrez /

En Valladolid a nueve de Julio de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm.955/14, interpuesto por FOGASA contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº3 de León, de fecha 5/2/2014, (Autos núm.642/2013), dictada a virtud de demanda promovida por Jorge contra LENER ADMINISTRADORES CONCURSALES S.L., CREPARE ADMINISTRADOR CONCURSAL SLP, ABC PROFESIONALES CONCURSALES ( Eulogio, COMITÉ EMPRESA (PTE. Luis Francisco ), FOGASA, ANTIBIOTICOS S.A., sobre RESOLUCIÓN CONTRATO.

Ha actuado como Ponente la Iltma. Sra. DOÑA Susana Mª Molina Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 26/4/2013 se presentó en el Juzgado de lo Social nº3 de León demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos en los que consta en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

PRIMERO

La parte actora, D Jorge, con DNI nº NUM000, viene prestando servicios para la mercantil ANTIBIÓTICOS SAU, domiciliada en Avda. de Antibióticos, de León, desde el día 11 de enero de 1983, con la categoría profesional de gestor UDP recuperación de disolventes, Utilities y almacenes, en el centro de trabajo de León, con un salario de 5.881,68 euros mensuales, incluida la parte proporcional de pagas, lo que supone un salario diario de 196,06 euros.

SEGUNDO

La empresa no ha abonado al trabajador la cantidad de 26.14656 Euros, según se relaciona a continuación:

  1. Salarios:

    -Diciembre 2012. 4629,52 euros. -Enero 2013. 4629,52 euros. -Febrero 2013. 4629,52 euros. -Marzo 2013. 4629,52 euros.

    Total: 16.666,27 euros.

  2. Pagas extra. En junio de 2012, la empresa acordó con los trabajadores pagar las pagas extra correspondientes a julio, septiembre y diciembre de 2012 en siete pagos de 1.839,91 euros, entre agosto del 2012 y febrero de 2013). La empresa sólo ha abonado cuatro de los pagos, por lo que adeuda la cantidad de 7.359,64 euros.

  3. Paga extra de marzo de 2013. 2.149,56 euros.

TERCERO

La empresa abonó las nóminas de diciembre de 2011 a junio de 2012 con hasta diez de retraso; y, a partir de junio de 2012 el retraso es de más de dos meses.

CUARTO

El actor presentó papeleta de conciliación el 5 de abril de 2013. El acto de conciliación se celebró el día 26 de abril de 2013, con el resultado de intentado sin efecto. La demanda fue presentada el 26 de abril de 2013.

QUINTO

El Juzgado de lo Mercantil de León dictó en fecha 22 de julio de 2013 auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor ANTIBIÓTICOS SAU; y se designa como administradores concúrsales a la mercantil Lener Administradores Concúrsales SL y al Comité de Empresa de la concursada, que designó como representante a la mercantil ABC Profesionales Concúrsales SL.

SEXTO

El centro de trabajo se encuentra cerrado.

SÉPTIMO

El 21 de octubre de 2013 el demandante remitió a la empresa escrito comunicando su dimisión y voluntad de causar baja en la Empresa, dando por extinguido su contrato de trabajo con fecha de efectos del 27 de octubre de 2013, y solicitando de la empresa que procediera a notificar su baja a la Seguridad Social con fecha de efectos de 27 de octubre de 2013 y por el motivo indicado. El trabajador fue dado de baja en la Seguridad Social con dicha fecha.

OCTAVO

El trabajador no es ni ha sido representante de los trabajadores.

NO VENO.- En la vista del juicio el actor desistió de la demanda respecto al Comité de Empresa. TERCERO.- Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la parte demandada (Fogasa), fue impugnado por la parte actora y demandada, y elevados los Autos a...

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