STSJ Cataluña 375/2014, 25 de Junio de 2014

PonenteISABEL HERNANDEZ PASCUAL
ECLIES:TSJCAT:2014:6788
Número de Recurso35/2009
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución375/2014
Fecha de Resolución25 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Tercera

Recurso número 35/2009

(planeamiento/POUM Manlleu)

Demandante: Jeronimo

Demandado: Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalitat de Cataluña

Codemandado: Ayuntamiento de Manelleu

S E N T E N C I A núm. 375/2014

Iltmos. Sres. Magistrados:

D. Manuel Táboas Bentanachs

Dña. Isabel Hernández Pascual

D. Eduardo Rodríguez Laplaza

Barcelona, a veinticinco de junio de dos mil catorce.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo, seguido contra los acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona, de 15 de noviembre de 2007 y de 30 de abril de 2008, por los que se aprobó definitivamente el POUM de Manlleu y se dio conformidad al texto refundido de dicho POUM, entre partes: como parte demandante, D. Jeronimo, representado por el procurador D. Ivo Ranera Cahís, y como parte demandada, el Departamento de Política Territorial y Obras Públicas, representado por el letrado de la Generalitat, y codemandado, el Ayuntamiento de Manlleu, representado por el procurador D. Ángel Quemada Cuartecasas.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Isabel Hernández Pascual.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra los acuerdos de la Comisión Territorial de Urbanismo de Barcelona, de 15 de noviembre de 2007 y de 30 de abril de 2008, por los que se aprobó definitivamente el POUM de Manlleu y se dio conformidad al texto refundido de dicho POUM en cumplimiento del acuerdo de aprobación definitiva.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada. 3.- Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  3. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 5 de junio de 2014.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se dicte sentencia anulando y dejando sin efecto, por ser contraria a derecho, la delimitación del Polígono de Actuación Urbanística núm. 10 que se efectúa en el Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Manlleu, declarando que la obtención de los espacios que el POUM califica como zonas verdes (clave VP) dentro del ámbito se obtengan a través de una actuación aislada mediante expropiación.

SEGUNDO

El Plan de Ordenación Urbanística Municipal de Manlleu fue aprobado definitivamente por acuerdo de la comisión Territorial de Barcelona de 15 de noviembre de 2007, previa aprobación inicial, el 26 de julio de 2006, y aprobación provisional por el Ayuntamiento de Manlleu el 26 de junio de 2007, rigiéndose, en consecuencia, por el Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de julio, de aprobación del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Cataluña, modificada por la Ley 2/2007, de 5 de junio, de normas reguladoras del Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.

El actor es propietario de unos terrenos situados entre las calles Batlle Pau Caballeria, al norte, y Batlle Ignasi Mas, al sur.

Los acuerdos impugnados de la Comisión Territorial de Urbanismo de Girona los ha incluido en el Polígono de Actuación Urbanística, PAU-10, con el objetivo de urbanizar viales.

Esa parte pretende que se anule y deje sin efecto la delimitación del PAU-10, que comprende los terrenos de su propiedad, y que se declare que la obtención de los espacios que el POUM califica como zona verdes...

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