STSJ Murcia 117/2007, 19 de Febrero de 2007

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2007:88
Número de Recurso48/2007
Número de Resolución117/2007
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por MUTUA REDDIS UNION MUTUAL, contra la sentencia número 315/06 del Juzgado de lo Social número Uno de Cartagena, de fecha 30 de junio del 2006, dictada en proceso número 196/06, sobre ACCIDENTE, y entablado por D. Pedro Antonio frente MUTUA REDDIS UNION MUTUAL, ESTRUCTURAS CYCO, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO. El demandante, nacido el 23-4-56, figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 y ha sido dado de alta en el Régimen General por la realización de las funciones propias de su profesión habitual de encargado de obra. SEGUNDO. El actor, cuando prestaba sus servicios para la empresa demandada, sufrió un accidente en fecha 23-12-03. La referida empresa tenía concertada la cobertura de accidentes de trabajo con la mutua "Reddis Unión Mutual". TERCERO. Como consecuencia del accidente, el actor inició incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo. CUARTO. Por resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de4-11-05 se declaró al actor en situación de incapacidad permanente parcial. El dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades es de fecha 10-10-05. QUINTO. Disconforme con la anterior resolución, el actor interpuso reclamación administrativa previa, que fue desestimada por nueva resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 2-3-06. SEXTO. El demandante padece las siguientes dolencias y secuelas: fractura-luxación de cadera derecha complicada con necrosis avascular que precisó prótesis total de cadera derecha, trombolismo pulmonar resuelto. SÉPTIMO. La base reguladora anual asciende a

18.062,46 euros."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Pedro Antonio , declaro que el demandante se encuentra en situación de INVALIDEZ PERMANENTE TOTAL PARA LA PROFESIÓN HABITUAL derivada de accidente de trabajo, y condeno a la mutua "REDDIS UNIÓN MUTUAL", como aseguradora de la empresa "ESTRUCTURAS CYCO, S.L.", a que deposite en la Tesorería General de la Seguridad Social el capital coste de renta necesario para pagar al actor una pensión vitalicia equivalente al 55% de su base reguladora, con efectos desde el 10-10-05; se declara la responsabilidad subsidiaria del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado DOÑA CRISTINA AGUILAR SANCHIS, en representación de la parte demandada MUTUA REDDIS UNION MUTUAL, con impugnación de contrario de D. Pedro Antonio , representado por D. JOSE GRAU RIPOLL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- El actor don Pedro Antonio , de 50 años de edad, de profesión habitual encargado de obra y declarado en situación de incapacidad permanente parcial, presentó demanda, sobre accidente de trabajo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Reddis Unión Mutual y la empresa Estructuras Cyco, S.L., en reclamación de que se le reconociese el grado de incapacidad...

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