SAP Guadalajara 313/2000, 19 de Julio de 2000

PonenteCONCEPCION ESPEJEL JORQUERA
ECLIES:APGU:2000:425
Número de Recurso33/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución313/2000
Fecha de Resolución19 de Julio de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Guadalajara, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 313

En GUADALAJARA a diecinueve de Julio de dos mil.VISTO en grado de apelación ante esta Ilma Audiencia Provincial los autos de Menor Cuantía n° 37/99 procedentes del Juzgado de 1ª Instancia n° 2 de Guadalajara , a los que ha correspondido el Rollo N° 33/2000, en los que aparece como parte apelante Dª. Elsa , representada por la Procuradora Dª. Francisca Román Gómez y dirigida por la Letrada Dª. Josefa Valentín Veguillas y como parte apelada Dª. Marcelina , representada por el Procurador D. José Miguel Sánchez Aybar y dirigida por el Letrado D. Juan Galo Carrasbal Onieva, versando sobre reconocimiento derecho de propiedad, y siendo Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. CONCEPCION ESPEJEL JORQUERA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los correspondientes de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En fecha 12 de noviembre de 1999 se dictó sentencia , en cuya parte dispositiva se establece: "FALLO: Que estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Román Gómez, en nombre y representación de Dª. Elsa , que a su vez actúa como tutora de Dª. Irene , contra Dª. Marcelina , debo declarar y declaro la obligación de ésta de entregar a aquélla la documentación obrante relacionada con la finca sita en la CALLE000 n° NUM000 de Guadalajara, absolviéndola del resto de pedimentos de la demanda, y todo ello sin hacer expresa declaración sobre las costas causadas."

TERCERO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Dª. Elsa , se interpuso recurso de apelación contra la misma; admitido que fue, emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, se sustanció el recurso por todos sus trámites, llevándose a efecto la vista del mismo el pasado día 11 de julio con el resultado que obra en el acta.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna el pronunciamiento de la sentencia de instancia que desestimó la acción reivindicatoria ejercitada por la tutora de la propietaria de tres cuartas partes indivisas de una casa compuesta por varias viviendas, una de las cuales es ocupada por la nuda propietaria de la cuarta parte restante del edificio, sobre cuya cuota restante goza igualmente la persona sometida a tutela del usufructo vitalicio, a cuyo fin se alega que la demandada, que solo ostenta la nuda propiedad de una parte indivisa del inmueble en su conjunto, carece de título alguno que ampare su detentación actual de concretas dependencias de aquel y respecto de las que solo tiene la condición de precarista, la cual ha de presumirse, atendidas las relaciones de parentesco existentes entre dicha recurrida y el fallecido esposo de la tutelada, del que era sobrina; siendo esta la razón por la que se permitió a la citada pariente ocupar, por mera tolerancia y sin pagar merced, la vivienda en cuestión sita en la misma finca en el que vivían los tíos, aunque en un piso diferente, con la finalidad de que aquella pudiera cuidarlos, dada su avanzada edad y mal estado de salud, que determinaron que poco después falleciera el tío y que la tía debiera ser declarada incapaz y se trasladara a vivir con su hermana y tutora, tesis frente a la que la demandada ha mantenido en todo momento que existió un convenio verbal entre ella y sus tíos, efectivamente muy mayores y delicados, en virtud del cual estos le pidieron que se trasladara al inmueble referido en el que ellos habitaban para que pudiera ayudarlos; concediéndole la autorización vitalicia del uso de uno de sus pisos, en el que convinieron la ejecución de las obras de adecuación y acondicionamiento necesarios, parte de las cuales...

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