SAP Jaén 228/2004, 12 de Noviembre de 2004

PonenteMARIA ESPERANZA PEREZ ESPINO
ECLIES:APJ:2004:1261
Número de Recurso62/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución228/2004
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 228

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS .

Dª. María Esperanza Pérez Espino

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

En la ciudad de Jaén, a doce de noviembre de dos mil cuatro

VISTA, en grado de apelación, por la Sección 1ª de esta Audiencia Provincial, la causa seguida ante el Juzgado de lo Penal nº 2, por el Procedimiento Abreviado número nº 41/03, por el delito de Utilización de Menores para la Mendicidad, procedente del Juzgado de Instrucción nº 6 de Jaén, siendo acusado Gema , cuyas circunstancias constan en la recurrida, representada en la instancia por la Procuradora Dª. Victoria Pulido García Escribano y defendida por el Letrado D. Luis Carlos Ortega Aponte. Ha sido apelante dicha acusada, parte apelada el Ministerio Fiscal, y Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Esperanza Pérez Espino.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Jaén, en el Procedimiento Abreviado nº 41/03, se dictó, en fecha 21 de septiembre de 2.004, sentencia que contiene los siguientes hechos probados: Sonhechos probados y así se declaran expresamente, apreciadas en conciencia las pruebas practicadas, que sobre las once horas y diez minutos del día treinta de Julio del año dos mil dos Gema se encontraba a las puertas de la Residencia de las Hermanitas de los Pobres situada en el Paseo de la Estación de esta ciudad de Jaén y teniendo en los brazos una hija suya de nueve meses de edad pedía limosna para comprar pañales a la niña".

SEGUNDO

Asimismo la referida sentencia pronuncia el siguiente FALLO: "Que debo CONDENAR y CONDENO a Gema como autora criminalmente responsable de un Delito Consumado de UTILIZACIÓN DE MENORES PARA LA MENDICIDAD, tipificado y sancionado en el artículo 232.1 del Código Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de SEIS MESES DE PRISION, con Inhabilitación Especial para el Ejercicio del Derecho de Sufragio Pasivo durante igual tiempo, y al pago de las costas procesales de ésta instancia.- Abónese a la condenada el tiempo que haya estado privada de libertad por esta causa.- Una vez firme esta sentencia póngase en conocimiento de los Servicios Sociales de Atención al Menor de la Junta de Andalucía".

TERCERO

Contra la misma sentencia por la defensa de la acusada, se formalizó en tiempo y forma el recurso de apelación dándose traslado a las demás partes para impugnación o adhesión, habiéndose presentado por el Ministerio Fiscal escrito de impugnación a dicho recurso.

CUARTO

Elevados los autos a esta Audiencia se acordó formar rollo, turnar de ponente, quedando examinados para sentencia.

QUINTO

Se aceptan como trámites y antecedentes los de la sentencia recurrida.

SEXTO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Contra la sentencia de instancia que condenó a la acusada como autora responsable de un delito de Utilización de Menores para la Mendicidad a la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante ese tiempo, se alza aquélla, alegando que la conducta por la que se le condena no se encuentra tipificada en el Código Penal, y para ello invoca la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 10-11-00 , que transcribe casi en su integridad en el presente recurso.

Segundo

Pues bien, al respecto hay que decir que el art. 232.1º d...

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