SAP Málaga 595/2005, 5 de Julio de 2005

PonenteMARIA TERESA SAEZ MARTINEZ
ECLIES:APMA:2005:2375
Número de Recurso382/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución595/2005
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 595

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION Nº 4 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.MARIA TERESA SAEZ MARTINEZ

D.ALEJANDRO MARTIN DELGADO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 1 DE MALAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 382/2005

JUICIO Nº 524/2003

En la Ciudad de Málaga a cinco de julio de dos mil cinco.

Visto, por la SECCION Nº 4 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Alfonso que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. GROSS LEIVA, ALFREDO y defendido por el Letrado D. SOUVIRON LOPEZ, SANTIAGO. Es parte recurrida ESTRUCTURAS GONZALEZ TRUJILLO SL y ALLIANZ AGENCIA DE SEGUROS que está representado por el Procurador D. GARCIA LAHESA , CARLOS y defendido por el Letrado D. JIMENEZ HERNANDEZ, SANTIAGO , que en la instancia ha litigado como parte demandada .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 20/01/05 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la demanda formulada por el procurador Sr. Gross Leiva, en nombre y representación de d. Alfonso , contra estructuras Gonzalez Trujillo SL debo absolver y absuelvo a la demandada de todos los pedimentos formulados en su contra. Todo ello con imposición a la actora del pago de las costas procesales.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 30/06/05 quedando visto parasentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MARIA TERESA SAEZ MARTINEZ quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el procurador Sr. Gross Leiva, en nombre y representación de D. Alfonso , se formuló demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad contra la aseguradora Allianz Agencia de Seguros, S.A. y la entidad Estructuras González Trujillo, S.L., recayendo en la instancia sentencia desestimatoria de sus pretensiones.

SEGUNDO

Por el procurador Sr. Gross Leiva, en nombre y representación de D. Alfonso , se interpone recurso de apelación contra la mencionada resolución alegando que se ejercita por su parte una acción yuxtapuesta de responsabilidad contractual y extracontractual y por tanto concurre la responsabilidad de los demandados aun cuando no se hubiera infringido ninguna norma de seguridad e higiene en el trabajo. Así mismo se alega un error en la valoración de la prueba practicada y una incorrecta aplicación de la institución de cosa juzgada.

TERCERO

El primer motivo ha de ser desestimado, y ello por los propios razonamientos contenidos en el auto que desestimó la declinatoria formulada en su día, en los que claramente se expone la compatibilidad de las acciones civil y laboral, que permite enjuiciar conductas tanto cuando se acciona al amparo de los arts. 1902 y 1903 Código Civil , como cuando la acción es en base a la relación contractual, ya que la responsabilidad aquiliana es compatible con la derivada de la relación de trabajo. Ahora bien, las infracciones de las normas laborales servirán, indudablemente, para fundamentar en su día las acciones indemnizatorias a las que de lugar la jurisdicción laboral, con independencia de la existencia o no de culpa, que es la cuestión que aquí se discute como base de la reclamación indemnizatoria invocada. La responsabilidad que se reclama, con independencia de que sea la extracontractual o...

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